Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2022062843)
Resolución de 21 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental integrada al proyecto de explotación porcina de producción y cebo, titularidad de Luis Diaz-Ambrona Bardají, en el término municipal de Cheles, provincia de Badajoz.
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NÚMERO 191
Martes 4 de octubre de 2022
47746
Segundo. Esta actividad está incluida en el ámbito de aplicación del texto refundido de la
Ley de prevención y control integrados de la contaminación, aprobado por el Real Decreto
Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre. En particular, está incluida en la categoría 9.3.b del
anejo I relativa a “Instalaciones destinadas a la cría intensiva de cerdos que dispongan de
más de 2.000 plazas para cerdos de cebo de más de 30 kg”.
Tercero. Conforme a lo establecido en los artículos 9 y 10 del Real Decreto Legislativo
1/2016, de 16 de diciembre, y en el artículo 2 del Decreto 81/2011, se somete a autorización
ambiental integrada la construcción, montaje, explotación, traslado o modificación sustancial
de las instalaciones en las que se desarrolle alguna de las actividades que se incluyen en el
Anexo I del citado Real Decreto Legislativo.
A la vista de los anteriores antecedentes de hecho, fundamentos de derecho y del informe
técnico, habiéndose dado debido cumplimiento a todos los trámites previstos legalmente, la
Dirección General de Sostenibilidad,
RESUELVE:
Otorgar autorización ambiental integrada a favor de Luis Diaz-Ambrona Bardají, para el proyecto
de ampliación de una explotación porcina con una capacidad final para 420 reproductoras,
16 verracos y 3.622 plazas de cebo, ubicado en el término municipal de Cheles (9.3.b del
anexo I del anejo I del Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación),
a los efectos recogidos en el texto refundido de la Ley de Prevención y Control Integrados
de la Contaminación, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre,
señalando que en el ejercicio de la actividad se deberá cumplir el condicionado fijado a
continuación y el recogido en la documentación técnica entregada, excepto en lo que ésta
contradiga a la presente autorización, sin perjuicio de las prescripciones de cuanta normativa
sea de aplicación a la actividad de referencia en cada momento. El n.º de expediente de la
instalación es el AAI 20/008.
CONDICIONADO AMBIENTAL DE LA AUTORIZACIÓN AMBIENTAL INTEGRADA
- a - Tratamiento y gestión del estiércol
1. E
l tratamiento y gestión de los estiércoles que se generen en esta explotación se realizará
mediante aplicación agrícola. Para el control de la gestión de estos residuos agroganaderos,
la instalación deberá disponer de un Libro de Registro de Gestión, conforme a lo establecido
en el apartado – h – “Vigilancia y seguimiento” de esta resolución, de forma que todas
las deyecciones generadas sean gestionadas adecuadamente, dejando constancia de esta
gestión en el Libro de Registro de Gestión de Estiércoles.
Martes 4 de octubre de 2022
47746
Segundo. Esta actividad está incluida en el ámbito de aplicación del texto refundido de la
Ley de prevención y control integrados de la contaminación, aprobado por el Real Decreto
Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre. En particular, está incluida en la categoría 9.3.b del
anejo I relativa a “Instalaciones destinadas a la cría intensiva de cerdos que dispongan de
más de 2.000 plazas para cerdos de cebo de más de 30 kg”.
Tercero. Conforme a lo establecido en los artículos 9 y 10 del Real Decreto Legislativo
1/2016, de 16 de diciembre, y en el artículo 2 del Decreto 81/2011, se somete a autorización
ambiental integrada la construcción, montaje, explotación, traslado o modificación sustancial
de las instalaciones en las que se desarrolle alguna de las actividades que se incluyen en el
Anexo I del citado Real Decreto Legislativo.
A la vista de los anteriores antecedentes de hecho, fundamentos de derecho y del informe
técnico, habiéndose dado debido cumplimiento a todos los trámites previstos legalmente, la
Dirección General de Sostenibilidad,
RESUELVE:
Otorgar autorización ambiental integrada a favor de Luis Diaz-Ambrona Bardají, para el proyecto
de ampliación de una explotación porcina con una capacidad final para 420 reproductoras,
16 verracos y 3.622 plazas de cebo, ubicado en el término municipal de Cheles (9.3.b del
anexo I del anejo I del Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación),
a los efectos recogidos en el texto refundido de la Ley de Prevención y Control Integrados
de la Contaminación, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre,
señalando que en el ejercicio de la actividad se deberá cumplir el condicionado fijado a
continuación y el recogido en la documentación técnica entregada, excepto en lo que ésta
contradiga a la presente autorización, sin perjuicio de las prescripciones de cuanta normativa
sea de aplicación a la actividad de referencia en cada momento. El n.º de expediente de la
instalación es el AAI 20/008.
CONDICIONADO AMBIENTAL DE LA AUTORIZACIÓN AMBIENTAL INTEGRADA
- a - Tratamiento y gestión del estiércol
1. E
l tratamiento y gestión de los estiércoles que se generen en esta explotación se realizará
mediante aplicación agrícola. Para el control de la gestión de estos residuos agroganaderos,
la instalación deberá disponer de un Libro de Registro de Gestión, conforme a lo establecido
en el apartado – h – “Vigilancia y seguimiento” de esta resolución, de forma que todas
las deyecciones generadas sean gestionadas adecuadamente, dejando constancia de esta
gestión en el Libro de Registro de Gestión de Estiércoles.