Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022062829)
Resolución de 20 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Plantación de almendros en riego por goteo sobre 106,8737 ha, en la finca Viñuelas", cuya promotora es Almendralia Ibérica, SLU, en el término municipal de Galisteo (Cáceres). Expte.: IA22/0400.
42 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 191
Martes 4 de octubre de 2022

47726

1. Deberán cumplirse todas las medidas preventivas, protectoras y correctoras descritas
en el documento ambiental, en tanto no entren en contradicción con el condicionado
del presente informe.
2. Deberá confirmarse por el Servicio de Explotación de la Dirección Técnica del Organismo de Cuenca (Confederación Hidrográfica del Tajo) y la Comunidad de Regantes
de la Margen Izquierda del Río Alagón, la posibilidad física de suministro y de la suficiencia de las infraestructuras existentes. Asimismo, la Comunidad de Regantes de la
Margen Izquierda del Río Alagón, como titular de la concesión de aguas superficiales,
debería pronunciarse sobre la cantidad de recurso demandada para el uso previsto en
el proyecto, teniendo en cuenta las consideraciones indicadas en el apartado 3.3.2.
“Sistema hidrológico y calidad de las aguas” del presente informe, solicitando si fuera
el caso el pronunciamiento de la Confederación Hidrográfica del Tajo a este respecto,
como Órgano competente en materia del cumplimiento de los objetivos ambientales
de la planificación hidrológica.
3. La zona de actuación cuenta con concesión de aguas a favor de la Comunidad de
Regantes de la Margen Izquierda del Río Alagón, siendo acreditada esta circunstancia
mediante la aportación por parte de la promotora de un certificado emitido por dicha
Comunidad de Regantes. Cabe indicar que en el citado certificado se indica que el
titular de la explotación es distinto al promotor del presente proyecto, aspecto el cual
deberá aclararse a efectos del debido cumplimiento de la normativa en materia de
aprovechamientos de aguas (Texto Refundido de la Ley de Aguas y Reglamento del
Dominio Público Hidráulico).
4. Antes de comenzar los trabajos se contactará con los Agentes del Medio Natural de
la zona (Coordinación de la UTV2 – coordinacionutv2@juntaex.es) a efectos de asesoramiento para una correcta realización de estos. La conclusión de los trabajos se
comunicará igualmente al Agente de Medio Natural de la zona, con el fin comprobar
que los trabajos se han realizado conforme a las condiciones técnicas establecidas.
5. Se informará a todo el personal implicado en la ejecución y explotación de este
proyecto del contenido del presente informe, de manera que se ponga en su conocimiento las medidas que deben adoptarse a la hora de realizar los trabajos. Asimismo,
se dispondrá de una copia del presente informe en el lugar donde se desarrollen los
trabajos.
6. Cualquier modificación del proyecto original deberá ser comunicada al Órgano ambiental. Dichas modificaciones no podrán llevarse a cabo hasta que éste no se pronuncie
sobre el carácter de la modificación, al objeto de determinar si procede o no someter