Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022062818)
Resolución de 22 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Plantación de almendros y mejora de regadío sobre una superficie de 363,5 ha", cuya promotora es NCF ESP PROPCO, SL, en los términos municipales de Holguera, Torrejoncillo y Riolobos (Cáceres). Expte.: IA22/0464.
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NÚMERO 190
Lunes 3 de octubre de 2022

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3. 
Se pondrá especial cuidado en no dañar la vegetación arbórea autóctona y/o su
regenerado existente en las zonas adyacentes a la explotación, las lindes existentes y
los cauces permanentes y/o temporales, así como aquellos elementos de la vegetación
arbustiva que pertenezcan a etapas más evolucionadas. No se efectuará ninguna
actuación fuera de las zonas delimitadas previamente.
4. 
En todos los recintos que linden con cauces públicos se respetará una franja de 5
metros sin sembrar entre la explotación y la ribera. En estas áreas se mantendrá intacta
la vegetación natural y no se utilizará como vial o para depositar restos vegetales o
basuras.
5. No se autorizarán cortas por competencia con el cultivo en las zonas con vegetación de
ribera.
6. Se respetarán las áreas con vegetación natural existentes entre las zonas de cultivo y la
presente en las lindes de las parcelas, los cauces y charcas (aunque sean temporales),
los afloramientos rocosos, los muros de piedra y los manantiales. Asimismo, se crearán
lindes de vegetación natural en el perímetro de las parcelas de cultivo (2 metros de
anchura mínimo). Estas zonas deberán conservarse íntegramente, fomentando las
mismas y evitando cualquier afección negativa, no pudiendo ser desbrozadas, ni se
podrán aplicar herbicidas o plaguicidas y/o realizar quemas o dejar restos vegetales o
residuos en su zona de influencia.
7. En aquellas parcelas en las que no exista vegetación natural en sus lindes, se aplicará
la medida incluida en el documento ambiental referente a la plantación de setos en los
límites de las parcelas, así como en los bordes de caminos y carreteras con el fin de
evitar atropellos, crear nuevos hábitats, atraer polinizadores y, en general, fomentar la
biodiversidad.
8. 
Respecto a posibles actuaciones relacionadas con la vegetación en dominio público
hidráulico o su zona de policía, se indica que deberá disponer de autorización por parte
de la Confederación Hidrográfica del Tajo y seguir las siguientes indicaciones:


8.1. Si se prevén desbroces se indica que se utilizarán medios manuales. En el caso
de que excepcionalmente se utilicen medios mecánicos para realizar alguna de
las labores, estas no deberán afectar al cauce ni a su conformación, ni provocar
alteraciones en el sistema fluvial. Si estos medios mecánicos incluyeran el uso de
maquinaria pesada, se evitará su acceso al cauce, debiendo realizar las actuaciones
desde sus márgenes, extremando los cuidados para que no se produzcan erosiones
o alteraciones en el terreno que conforma las riberas