Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022062806)
Resolución de 21 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental para el proyecto de parque eólico "Plasencia" de 10 MW e infraestructura de evacuación de energía eléctrica asociada, en los términos municipales de Plasencia y Malpartida de Plasencia (Cáceres). Expte.: IA 21/986.
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NÚMERO 190
Lunes 3 de octubre de 2022
47408
variables ambientales en el perímetro del parque y en su entorno. El contenido y desarrollo
del plan de vigilancia será el siguiente:
2.1 Deberá elaborarse un calendario de planificación y ejecución de la totalidad de la obra,
incluyendo las labores de restauración y revegetación, ya que éstas deben acometerse
según van avanzando las obras.
2.2
Durante la fase de construcción se presentará ante el órgano ambiental informes
sobre el desarrollo de las obras cada dos meses y, en todo caso, al finalizar éstas.
Los informes incluirán la forma de ejecución de las medidas preventivas, correctoras
y compensatorias previstas en la presente declaración y en el EsIA, así como el
seguimiento de la evolución de los elementos ambientales relevantes.
2.3 Durante la fase de explotación, el plan de vigilancia ambiental deberá verificar la
correcta evolución de las medidas aplicadas en la fase de obras, el seguimiento de
la respuesta y evolución ambiental del entorno a la implantación del parque eólico,
centrándose en los efectos dañinos sobre la fauna. Se elaborarán informes trimestrales
durante el primer año de funcionamiento, semestrales durante el segundo y tercer año
y anuales a partir del cuarto año, debiendo ser entregados los primeros 15 días de cada
año a la Dirección General de Sostenibilidad. El Plan de Vigilancia incluirá, al menos
el seguimiento de mortandad de aves y murciélagos, tanto en los aerogeneradores
como en la instalación eléctrica; y los efectos de las instalaciones sobre refugios de
murciélagos y zonas de cría de aves, existentes en el entorno del parque hasta una
distancia de 10 km. En todo caso, se atendrá a las prescripciones que establezca la
Dirección General de Sostenibilidad en cuanto al contenido, alcance y metodología de
dicho plan.
2.4 Se incluirá en el plan de vigilancia el seguimiento y viabilidad de las plantaciones
efectuadas, de las labores de integración y de restauración y revegetación. Se
incluirá un calendario de ejecución de las labores preparatorias, de implantación y de
mantenimiento de las revegetaciones. Deberá elaborarse esta planificación para toda
la vida útil del parque, por tratarse de actuaciones cuya eficacia será comprobada a
medio-largo plazo.
2.5 Siempre que se detecte cualquier afección al medio no prevista, de carácter negativo,
y que precise una actuación para ser evitada o corregida, se emitirá un informe
especial con carácter urgente aportando toda la información necesaria para actuar en
consecuencia.
2.6
La promotora deberá presentar antes de la puesta de funcionamiento del parque
eólico, un “Protocolo de parada de aerogeneradores conflictivos” para aplicar en
Lunes 3 de octubre de 2022
47408
variables ambientales en el perímetro del parque y en su entorno. El contenido y desarrollo
del plan de vigilancia será el siguiente:
2.1 Deberá elaborarse un calendario de planificación y ejecución de la totalidad de la obra,
incluyendo las labores de restauración y revegetación, ya que éstas deben acometerse
según van avanzando las obras.
2.2
Durante la fase de construcción se presentará ante el órgano ambiental informes
sobre el desarrollo de las obras cada dos meses y, en todo caso, al finalizar éstas.
Los informes incluirán la forma de ejecución de las medidas preventivas, correctoras
y compensatorias previstas en la presente declaración y en el EsIA, así como el
seguimiento de la evolución de los elementos ambientales relevantes.
2.3 Durante la fase de explotación, el plan de vigilancia ambiental deberá verificar la
correcta evolución de las medidas aplicadas en la fase de obras, el seguimiento de
la respuesta y evolución ambiental del entorno a la implantación del parque eólico,
centrándose en los efectos dañinos sobre la fauna. Se elaborarán informes trimestrales
durante el primer año de funcionamiento, semestrales durante el segundo y tercer año
y anuales a partir del cuarto año, debiendo ser entregados los primeros 15 días de cada
año a la Dirección General de Sostenibilidad. El Plan de Vigilancia incluirá, al menos
el seguimiento de mortandad de aves y murciélagos, tanto en los aerogeneradores
como en la instalación eléctrica; y los efectos de las instalaciones sobre refugios de
murciélagos y zonas de cría de aves, existentes en el entorno del parque hasta una
distancia de 10 km. En todo caso, se atendrá a las prescripciones que establezca la
Dirección General de Sostenibilidad en cuanto al contenido, alcance y metodología de
dicho plan.
2.4 Se incluirá en el plan de vigilancia el seguimiento y viabilidad de las plantaciones
efectuadas, de las labores de integración y de restauración y revegetación. Se
incluirá un calendario de ejecución de las labores preparatorias, de implantación y de
mantenimiento de las revegetaciones. Deberá elaborarse esta planificación para toda
la vida útil del parque, por tratarse de actuaciones cuya eficacia será comprobada a
medio-largo plazo.
2.5 Siempre que se detecte cualquier afección al medio no prevista, de carácter negativo,
y que precise una actuación para ser evitada o corregida, se emitirá un informe
especial con carácter urgente aportando toda la información necesaria para actuar en
consecuencia.
2.6
La promotora deberá presentar antes de la puesta de funcionamiento del parque
eólico, un “Protocolo de parada de aerogeneradores conflictivos” para aplicar en