Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022062820)
Resolución de 20 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de "Concesión de aguas subterráneas para la transformación a regadío de una superficie de 42,19 ha de olivar en la finca El Españar", en el término municipal de Quintana de la Serena (Badajoz). Expte.: IA21/1210.
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NÚMERO 190
Lunes 3 de octubre de 2022
47311
la Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación
de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres y en la Directiva 2009/147/
CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de noviembre de 2009, relativa a la
conservación de las aves silvestres (CN21/8500/03).
Tras describir las áreas protegidas y los valores naturales protegidos dentro del área
de influencia del proyecto de referencia, y realizar un análisis y valoración ambiental
de la actividad, concluye informando favorablemente la actividad solicitada, ya que
no es susceptible de afectar de forma apreciable a los lugares incluidos en la Red
Natura 2000, siempre que se cumplan las medidas indicadas.
2. Con fecha 7 de febrero de 2022, la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural remite informe emitido desde el Servicio de Patrimonio Cultural y
Archivos Históricos, el cual indica que no se ha recibido en esa Dirección General por
parte del equipo redactor del EsIA consultas sobre los posibles valores patrimoniales
existentes en el área de afección del proyecto, añadiendo que el EsIA no contiene
ninguna valoración ni análisis sobre el Patrimonio Cultural que pudiera verse afectado por la implantación y continua que, dado lo expuesto, el EsIA no identifica posibles impactos potenciales del proyecto.
En este sentido, recomienda que el equipo redactor del EsIA realice actuaciones que
permitirán valorar, prevenir y corregir los impactos sobre el Patrimonio Cultural, por
lo que se deberá modificar el EsIA presentado incluyendo informe con las actuaciones
determinadas por la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural
elaboradas a partir de los resultados de un trabajo arqueológico de prospección que
será realizado sobre las áreas dónde se contemplen estos movimientos de tierra.
Concluye el informe indicando que el promotor podrá reunir medidas adecuadas que
caractericen, prevengan y minimicen afecciones al Patrimonio Cultural por lo que se
propone al órgano ambiental que emita declaración de impacto ambiental favorable
estrictamente condicionada a la asunción y puesta en marcha de las indicaciones y
recomendaciones señaladas en informe.
3. C
on fecha 7 de febrero de 2022, el Ayuntamiento de Quintana de la Serena remite
certificación de que el EsIA del proyecto de referencia ha estado publicado en el tablón de anuncios de su sede electrónica durante un periodo de 42 días y no ha habido
reclamación alguna al respecto.
Asimismo, con fecha 10 de febrero de 2022, el Ayuntamiento de Quintana de la Serena remite certificado en el que se indica que no existen efectos significativos en la
ejecución del proyecto sobre el medio ambiente, además de cumplir el Plan General
Lunes 3 de octubre de 2022
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la Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación
de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres y en la Directiva 2009/147/
CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de noviembre de 2009, relativa a la
conservación de las aves silvestres (CN21/8500/03).
Tras describir las áreas protegidas y los valores naturales protegidos dentro del área
de influencia del proyecto de referencia, y realizar un análisis y valoración ambiental
de la actividad, concluye informando favorablemente la actividad solicitada, ya que
no es susceptible de afectar de forma apreciable a los lugares incluidos en la Red
Natura 2000, siempre que se cumplan las medidas indicadas.
2. Con fecha 7 de febrero de 2022, la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural remite informe emitido desde el Servicio de Patrimonio Cultural y
Archivos Históricos, el cual indica que no se ha recibido en esa Dirección General por
parte del equipo redactor del EsIA consultas sobre los posibles valores patrimoniales
existentes en el área de afección del proyecto, añadiendo que el EsIA no contiene
ninguna valoración ni análisis sobre el Patrimonio Cultural que pudiera verse afectado por la implantación y continua que, dado lo expuesto, el EsIA no identifica posibles impactos potenciales del proyecto.
En este sentido, recomienda que el equipo redactor del EsIA realice actuaciones que
permitirán valorar, prevenir y corregir los impactos sobre el Patrimonio Cultural, por
lo que se deberá modificar el EsIA presentado incluyendo informe con las actuaciones
determinadas por la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural
elaboradas a partir de los resultados de un trabajo arqueológico de prospección que
será realizado sobre las áreas dónde se contemplen estos movimientos de tierra.
Concluye el informe indicando que el promotor podrá reunir medidas adecuadas que
caractericen, prevengan y minimicen afecciones al Patrimonio Cultural por lo que se
propone al órgano ambiental que emita declaración de impacto ambiental favorable
estrictamente condicionada a la asunción y puesta en marcha de las indicaciones y
recomendaciones señaladas en informe.
3. C
on fecha 7 de febrero de 2022, el Ayuntamiento de Quintana de la Serena remite
certificación de que el EsIA del proyecto de referencia ha estado publicado en el tablón de anuncios de su sede electrónica durante un periodo de 42 días y no ha habido
reclamación alguna al respecto.
Asimismo, con fecha 10 de febrero de 2022, el Ayuntamiento de Quintana de la Serena remite certificado en el que se indica que no existen efectos significativos en la
ejecución del proyecto sobre el medio ambiente, además de cumplir el Plan General