Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022062820)
Resolución de 20 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de "Concesión de aguas subterráneas para la transformación a regadío de una superficie de 42,19 ha de olivar en la finca El Españar", en el término municipal de Quintana de la Serena (Badajoz). Expte.: IA21/1210.
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NÚMERO 190
Lunes 3 de octubre de 2022

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una cubierta vegetal entre las calles de plantación, se considera que la afección paisajística
será compatible, teniendo en cuenta que nos encontrarnos en una comarca donde abundan los mosaicos de cultivos permanentes y anuales mezclados con parajes de vegetación
natural asociada a los cursos de agua y zonas de dehesa.
C.2.7. Atmósfera.


Durante la fase de funcionamiento, los elementos que pueden originar ruidos y emisiones de partículas serán los procedentes de la maquinaria que realice las labores culturales de los cultivos y el funcionamiento de los equipos de bombeo, teniendo estos una
baja incidencia sobre el entorno mediante el cumplimiento de las medidas establecidas
a tal efecto en la presente declaración de impacto ambiental.

C.2.8. Patrimonio arqueológico.


En el informe de la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural
(NFR/2021/594) se indica que el EsIA no contiene ninguna valoración ni análisis sobre
el Patrimonio Cultural ni identifica posibles impactos potenciales del proyecto sobre
éste, por lo que se considera que eI promotor deberá elaborar un informe con las actuaciones determinadas por la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio
Cultural elaboradas a partir de los resultados de un trabajo arqueológico de prospección
que será realizado sobre las áreas dónde se contemplen estos movimientos de tierra.



A la vista de lo anterior, la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural informa favorablemente el proyecto, condicionado estrictamente a la asunción y
puesta en marcha de la indicación y recomendación señaladas en su informe.

C.2.9. Consumo de recursos y cambio climático.


El agua necesaria para el riego proviene de seis pozos de sondeo existentes en la finca
de actuación. Según el EsIA la dotación hídrica prevista para el cultivo de olivar implantando asciende a 1.564,28 m3/ha-año, solicitando el promotor la concesión de un
volumen anual de 71.067,60 m3 para el riego de 45,56 ha.



La Confederación Hidrográfica del Guadiana en su informe indica que, según los datos
obrantes en aquel Organismo, el promotor solicitó, con fecha 20/06/2016, una concesión de aguas subterráneas, la cual se tramita con n.º de expediente 1261/2016, para
riego de 45,56 ha, siendo el volumen en tramitación es de 71.704,80 m3/año. Por lo
tanto, en el EsIA se indica que el consumo de agua será inferior al solicitado ante el
Órgano de cuenca.