Presidencia De La Junta. Premios. (2022030002)
Decreto del Presidente 2/2022, de 19 de septiembre, por el que se aprueban las bases reguladoras del Premio de Investigación a Tesis Doctorales Iberoamericanas de la Fundación Academia Europea e Iberoamericana de Yuste.
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NÚMERO 190
Lunes 3 de octubre de 2022
47194
2. El Premio cubre el coste total de la publicación de la tesis ganadora del Premio en la colección de libros “Tesis Doctorales”, con un importe que oscilará entre 4.000 € y 6.000 €,
teniendo en cuenta que el importe variará en función del número de páginas de la tesis
doctoral ganadora, ya que el tipo de papel, el diseño y la encuadernación de los libros serán semejantes al corresponder a las características físicas de una misma colección: “Tesis
Doctorales”.
3. E
l Premio tiene una dotación económica de 3.000 €, a la que se aplicará la retención fiscal
que corresponda.
Sexta. Requisitos de las personas beneficiarias y de las tesis doctorales.
1. P
odrán ser beneficiarias de este premio las personas físicas con plena capacidad de obrar
que acrediten cumplir los requisitos específicos determinados en las presentes bases y en
la respectiva convocatoria, y que no se hallen incursas en alguna de las circunstancias que
impiden obtener la condición de beneficiario/a, recogidas en los apartados 2 y 3 del artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura.
Además, la persona ganadora no debe haber recibido un Premio de Investigación a Tesis
Doctorales Iberoamericanas o un “Premio de Investigación a Tesis Doctorales Fernando
Serrano Mangas” con anterioridad.
2. Las tesis doctorales que concurran al Premio deben cumplir los siguientes requisitos:
a) Estar escritas en castellano, inglés o portugués.
b) Haber sido leídas en Portugal, España o en cualquier país iberoamericano o europeo y
abordar como temática las relaciones entre España, Portugal o Europa en su conjunto
con Iberoamérica y viceversa, desde una perspectiva histórica, cultural, social, científica, económica o desde cualquier otro ámbito de estudio.
c) Haber obtenido la máxima calificación establecida en la norma vigente en el momento
de su lectura.
d) Haber sido leídas en alguno de los dos años anteriores a la publicación de la correspondiente convocatoria.
e) Ser inédita, esto es, que no haya sido ya publicada.
Séptima. Publicidad de las bases y convocatoria.
Lunes 3 de octubre de 2022
47194
2. El Premio cubre el coste total de la publicación de la tesis ganadora del Premio en la colección de libros “Tesis Doctorales”, con un importe que oscilará entre 4.000 € y 6.000 €,
teniendo en cuenta que el importe variará en función del número de páginas de la tesis
doctoral ganadora, ya que el tipo de papel, el diseño y la encuadernación de los libros serán semejantes al corresponder a las características físicas de una misma colección: “Tesis
Doctorales”.
3. E
l Premio tiene una dotación económica de 3.000 €, a la que se aplicará la retención fiscal
que corresponda.
Sexta. Requisitos de las personas beneficiarias y de las tesis doctorales.
1. P
odrán ser beneficiarias de este premio las personas físicas con plena capacidad de obrar
que acrediten cumplir los requisitos específicos determinados en las presentes bases y en
la respectiva convocatoria, y que no se hallen incursas en alguna de las circunstancias que
impiden obtener la condición de beneficiario/a, recogidas en los apartados 2 y 3 del artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura.
Además, la persona ganadora no debe haber recibido un Premio de Investigación a Tesis
Doctorales Iberoamericanas o un “Premio de Investigación a Tesis Doctorales Fernando
Serrano Mangas” con anterioridad.
2. Las tesis doctorales que concurran al Premio deben cumplir los siguientes requisitos:
a) Estar escritas en castellano, inglés o portugués.
b) Haber sido leídas en Portugal, España o en cualquier país iberoamericano o europeo y
abordar como temática las relaciones entre España, Portugal o Europa en su conjunto
con Iberoamérica y viceversa, desde una perspectiva histórica, cultural, social, científica, económica o desde cualquier otro ámbito de estudio.
c) Haber obtenido la máxima calificación establecida en la norma vigente en el momento
de su lectura.
d) Haber sido leídas en alguno de los dos años anteriores a la publicación de la correspondiente convocatoria.
e) Ser inédita, esto es, que no haya sido ya publicada.
Séptima. Publicidad de las bases y convocatoria.