Presidencia De La Junta. Premios. (2022030002)
Decreto del Presidente 2/2022, de 19 de septiembre, por el que se aprueban las bases reguladoras del Premio de Investigación a Tesis Doctorales Iberoamericanas de la Fundación Academia Europea e Iberoamericana de Yuste.
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NÚMERO 190
Lunes 3 de octubre de 2022

47201

Decimoquinta. Obligaciones de las personas premiadas.
La persona beneficiaria del Premio está sometida a las obligaciones que con carácter general
se establecen en el artículo 13 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, y en particular:
a) En el caso de que la tesis ganadora necesite ajustes en lo referente al número de páginas para su publicación, la persona autora de la tesis ganadora se obliga a aceptar una
reducción de la misma, previo informe de la Comisión de Valoración.
b) Si fuera precisa la reducción citada en el número anterior, la persona ganadora acepta
que consista en la adecuación a una extensión máxima de 300 páginas con una tipografía Times New Roman de tamaño 12 puntos, y un diseño de página justificada con un
interlineado de 1,5 líneas. El tiempo máximo de que dispondrá para la adecuación de la
tesis será de máximo un mes desde que se le comunique.
Decimosexta. Plazo para la publicación de la tesis doctoral ganadora.
Una vez concedido el Premio, la Fundación formalizará la publicación del libro en la colección
“Tesis Doctorales” en un plazo máximo de seis meses.
Decimoséptima. Compatibilidad con otras subvenciones o ayudas.
El disfrute del Premio a que se refiere el presente decreto del Presidente será compatible con
la obtención concurrente de cualesquiera subvenciones o ayudas otorgadas por organismos
públicos o privados, españoles o extranjeros, con la misma línea de investigación, sin perjuicio de lo establecido en la base sexta.
Decimoctava. Modificación de la resolución de concesión.
Una vez notificada la resolución de concesión del Premio, la renuncia al mismo, la incapacidad
sobrevenida o cualquier otra causa que implique la pérdida de condición de beneficiario/a,
podrá dar lugar a la incorporación de una nueva persona beneficiaria, haciendo uso de la bolsa
de reserva constituida al efecto de conformidad con la base décima.
Decimonovena. Reintegro y pérdida del derecho al Premio concedido.
1. Procederá el reintegro y en su caso la pérdida del derecho al Premio concedido previa resolución del Secretario General de la Presidencia de la Junta de Extremadura por:
a) Ocultar o falsear datos tomados en cuenta para la concesión de la ayuda.
b) Cualesquiera otras previstas en el artículo 43 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.