Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Marco De Atención A La Discapacidad En Extremadura. (2022050168)
Orden de 29 de septiembre de 2022 por la que se actualizan los importes a abonar para la prestación de servicios concertados de atención especializada dirigidos a personas con discapacidad que integran el Marco de Atención la Discapacidad en Extremadura (MADEX).
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NÚMERO 189
47063
Viernes 30 de septiembre de 2022
La presente orden se adecúa a los principios de buena regulación contenidos en el artículo
129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, en particular, a los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia. Los principios de necesidad y eficacia se
cumplen desde el momento en que la medida se fundamenta en la necesidad de ajustar los
gastos de personal a la realidad de estos prevista en el convenio colectivo aplicable y se utiliza el instrumento más efectivo para garantizar su consecución. Con respecto al principio de
proporcionalidad, indicar que esta orden contiene estrictamente la regulación imprescindible
para la consecución de los objetivos ya señalados.
Esta orden se integra en los preceptos de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la
igualdad efectiva de mujeres y hombres, así como en la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de
Igualdad entre Mujeres y Hombres y contra la Violencia de Género en Extremadura.
En su virtud, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 36 y 92.1 de la Ley 1/2002, de 28
de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
DISPONGO:
Artículo único. Actualización de importes.
Aprobar la actualización de los importes a abonar para la prestación de servicios concertados
de atención especializada dirigidos a personas con discapacidad que integran el Marco de
Atención a la Discapacidad en Extremadura (MADEX).
Los nuevos precios aplicables serán los que figuran como anexo de esta orden.
Los importes actualizados serán de aplicación desde el 1 de enero de 2022 a los servicios
concertados.
Disposición final única. Entrada en vigor.
Esta orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
Mérida, 29 de septiembre de 2022.
El Vicepresidente Segundo y Consejero
de Sanidad y Servicios Sociales,
JOSÉ MARÍA VERGELES BLANCA
47063
Viernes 30 de septiembre de 2022
La presente orden se adecúa a los principios de buena regulación contenidos en el artículo
129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, en particular, a los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia. Los principios de necesidad y eficacia se
cumplen desde el momento en que la medida se fundamenta en la necesidad de ajustar los
gastos de personal a la realidad de estos prevista en el convenio colectivo aplicable y se utiliza el instrumento más efectivo para garantizar su consecución. Con respecto al principio de
proporcionalidad, indicar que esta orden contiene estrictamente la regulación imprescindible
para la consecución de los objetivos ya señalados.
Esta orden se integra en los preceptos de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la
igualdad efectiva de mujeres y hombres, así como en la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de
Igualdad entre Mujeres y Hombres y contra la Violencia de Género en Extremadura.
En su virtud, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 36 y 92.1 de la Ley 1/2002, de 28
de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
DISPONGO:
Artículo único. Actualización de importes.
Aprobar la actualización de los importes a abonar para la prestación de servicios concertados
de atención especializada dirigidos a personas con discapacidad que integran el Marco de
Atención a la Discapacidad en Extremadura (MADEX).
Los nuevos precios aplicables serán los que figuran como anexo de esta orden.
Los importes actualizados serán de aplicación desde el 1 de enero de 2022 a los servicios
concertados.
Disposición final única. Entrada en vigor.
Esta orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
Mérida, 29 de septiembre de 2022.
El Vicepresidente Segundo y Consejero
de Sanidad y Servicios Sociales,
JOSÉ MARÍA VERGELES BLANCA