Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Premios. (2022050166)
Orden de 21 de septiembre de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de los Premios Extremadura Región Emprendedora.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 189
Viernes 30 de septiembre de 2022
47079
en la que se nombrarán asimismo a los suplentes, debiendo cumplir con lo establecido en
el artículo 29 de la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre mujeres y hombres y
contra la violencia de género en Extremadura, con el objeto de garantizar en el mismo la
representación equilibrada de hombres y mujeres.
3. L
a Comisión de Valoración, una vez haya procedido a valorar las candidaturas conforme
a lo establecido en los artículos 6 y 7 de la presente orden, y tras su defensa pública,
determinará las empresas y personas propuestas como ganadoras para cada una de las
candidaturas.
4. Se levantará acta de la Comisión de Valoración por parte de la persona que desempeñe las
funciones de Secretaría, en la que se recogerán los resultados de las evaluaciones realizadas.
5. U
na vez evaluadas las solicitudes la Comisión de Valoración emitirá informe, de carácter
vinculante, en el que se concrete el resultado de la evaluación efectuada.
6. P
ara la válida constitución de la Comisión de Valoración es necesaria la asistencia de, al
menos, las dos terceras partes de sus miembros.
7. Para la adopción de acuerdos será necesario el voto favorable de la mayoría de los miembros asistentes. En caso de empate en la decisión, decidirá el voto de calidad de quien
ejerza la Presidencia.
8. En los supuestos de vacante, ausencia o enfermedad de alguno de sus miembros serán
sustituidos por sus suplentes, comunicándolo previamente a quien ejerza las funciones de
Secretaría.
9. L
a Comisión de Valoración, en cuanto a su funcionamiento, ajustará su actuación a lo establecido en los artículos 15 al 18 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico
del Sector Público.
Artículo 14. Procedimiento de resolución de los premios.
1. Con la suma de las puntuaciones alcanzadas por las diferentes candidaturas efectuada por
la Comisión de Valoración se formulará por el órgano instructor la propuesta de concesión
de premios, la cual se elevará a la persona titular de la Consejería con competencias en
materia de empresa, para dictar la resolución de los mismos.
2. L
a resolución será publicada en el Diario Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es) en
el plazo máximo de tres meses a contar desde la fecha de publicación en dicho Diario de las
respectivas resoluciones de convocatorias de los premios con sus correspondientes extractos.
Viernes 30 de septiembre de 2022
47079
en la que se nombrarán asimismo a los suplentes, debiendo cumplir con lo establecido en
el artículo 29 de la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre mujeres y hombres y
contra la violencia de género en Extremadura, con el objeto de garantizar en el mismo la
representación equilibrada de hombres y mujeres.
3. L
a Comisión de Valoración, una vez haya procedido a valorar las candidaturas conforme
a lo establecido en los artículos 6 y 7 de la presente orden, y tras su defensa pública,
determinará las empresas y personas propuestas como ganadoras para cada una de las
candidaturas.
4. Se levantará acta de la Comisión de Valoración por parte de la persona que desempeñe las
funciones de Secretaría, en la que se recogerán los resultados de las evaluaciones realizadas.
5. U
na vez evaluadas las solicitudes la Comisión de Valoración emitirá informe, de carácter
vinculante, en el que se concrete el resultado de la evaluación efectuada.
6. P
ara la válida constitución de la Comisión de Valoración es necesaria la asistencia de, al
menos, las dos terceras partes de sus miembros.
7. Para la adopción de acuerdos será necesario el voto favorable de la mayoría de los miembros asistentes. En caso de empate en la decisión, decidirá el voto de calidad de quien
ejerza la Presidencia.
8. En los supuestos de vacante, ausencia o enfermedad de alguno de sus miembros serán
sustituidos por sus suplentes, comunicándolo previamente a quien ejerza las funciones de
Secretaría.
9. L
a Comisión de Valoración, en cuanto a su funcionamiento, ajustará su actuación a lo establecido en los artículos 15 al 18 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico
del Sector Público.
Artículo 14. Procedimiento de resolución de los premios.
1. Con la suma de las puntuaciones alcanzadas por las diferentes candidaturas efectuada por
la Comisión de Valoración se formulará por el órgano instructor la propuesta de concesión
de premios, la cual se elevará a la persona titular de la Consejería con competencias en
materia de empresa, para dictar la resolución de los mismos.
2. L
a resolución será publicada en el Diario Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es) en
el plazo máximo de tres meses a contar desde la fecha de publicación en dicho Diario de las
respectivas resoluciones de convocatorias de los premios con sus correspondientes extractos.