Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Premios. (2022050166)
Orden de 21 de septiembre de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de los Premios Extremadura Región Emprendedora.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 189
Viernes 30 de septiembre de 2022
47075
de Extremadura, se efectuará en régimen de concurrencia competitiva, mediante convocatoria periódica, de acuerdo con los principios de objetividad, transparencia, igualdad, no
discriminación y publicidad.
2. El inicio del procedimiento vendrá precedido de una resolución aprobada por la persona titular
de la Secretaría General de la Consejería con competencias en materia de empresa y publicada, junto con su extracto, en el Diario Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es) , en el
Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura
(http://www.juntaex.es/ig/portal-de-subvenciones-de-la-comunidad-autonoma-deextremadura) ,
en el Portal Electrónico de la Transparencia y la Participación Ciudadana en cumplimiento a lo
dispuesto en el artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo de Gobierno Abierto de Extremadura (http://gobiernoabierto.juntaex.es)y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias).
3. En la convocatoria de los premios se determinarán las aplicaciones, proyectos presupuestarios y las cuantías estimadas inicialmente para cada convocatoria, pudiéndose convocar
todas o alguna de las modalidades y categorías de premios referidos en los artículos 2 y 3
de la presente Orden.
Artículo 9. Solicitud y documentación para aportar.
1. La solicitud a presentar por las personas o entidades optantes a los premios, que irá dirigida a la Dirección General con competencias en materia de empresa, se formalizará de
acuerdo con el modelo normalizado que se publique al efecto en las resoluciones de aprobación de las convocatorias.
2. J unto a la solicitud se debe acompañar la siguiente documentación:
a. Memoria técnica descriptiva y acreditativa de los méritos alegados, conforme al modelo
que se publique al efecto en las resoluciones de aprobación de las convocatorias.
b. Copias de aquellos documentos que puedan evidenciar el cumplimiento de aquellos requisitos que correspondan conforme a los criterios de valoración establecidos y que la
empresa pueda cumplir.
c. Certificado que acredite que la empresa solicitante de la ayuda se encuentra al corriente
de sus obligaciones fiscales con la Hacienda del Estado, en formato electrónico (pdf), o
autorización expresa al órgano instructor para que recabe de oficio esos datos.
d. C
ertificado que acredite que la entidad solicitante de la ayuda se encuentra al corriente
de sus obligaciones con la Seguridad Social, en formato electrónico (pdf), cuando se
oponga expresamente a que el órgano instructor recabe de oficio esos datos.
Viernes 30 de septiembre de 2022
47075
de Extremadura, se efectuará en régimen de concurrencia competitiva, mediante convocatoria periódica, de acuerdo con los principios de objetividad, transparencia, igualdad, no
discriminación y publicidad.
2. El inicio del procedimiento vendrá precedido de una resolución aprobada por la persona titular
de la Secretaría General de la Consejería con competencias en materia de empresa y publicada, junto con su extracto, en el Diario Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es) , en el
Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura
(http://www.juntaex.es/ig/portal-de-subvenciones-de-la-comunidad-autonoma-deextremadura) ,
en el Portal Electrónico de la Transparencia y la Participación Ciudadana en cumplimiento a lo
dispuesto en el artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo de Gobierno Abierto de Extremadura (http://gobiernoabierto.juntaex.es)y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias).
3. En la convocatoria de los premios se determinarán las aplicaciones, proyectos presupuestarios y las cuantías estimadas inicialmente para cada convocatoria, pudiéndose convocar
todas o alguna de las modalidades y categorías de premios referidos en los artículos 2 y 3
de la presente Orden.
Artículo 9. Solicitud y documentación para aportar.
1. La solicitud a presentar por las personas o entidades optantes a los premios, que irá dirigida a la Dirección General con competencias en materia de empresa, se formalizará de
acuerdo con el modelo normalizado que se publique al efecto en las resoluciones de aprobación de las convocatorias.
2. J unto a la solicitud se debe acompañar la siguiente documentación:
a. Memoria técnica descriptiva y acreditativa de los méritos alegados, conforme al modelo
que se publique al efecto en las resoluciones de aprobación de las convocatorias.
b. Copias de aquellos documentos que puedan evidenciar el cumplimiento de aquellos requisitos que correspondan conforme a los criterios de valoración establecidos y que la
empresa pueda cumplir.
c. Certificado que acredite que la empresa solicitante de la ayuda se encuentra al corriente
de sus obligaciones fiscales con la Hacienda del Estado, en formato electrónico (pdf), o
autorización expresa al órgano instructor para que recabe de oficio esos datos.
d. C
ertificado que acredite que la entidad solicitante de la ayuda se encuentra al corriente
de sus obligaciones con la Seguridad Social, en formato electrónico (pdf), cuando se
oponga expresamente a que el órgano instructor recabe de oficio esos datos.