Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022062801)
Resolución de 7 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de instalación solar fotovoltaica "CS Badajoz 7", a realizar en el término municipal de Badajoz (Badajoz). Expte.: IA20/1263.
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NÚMERO 188
Jueves 29 de septiembre de 2022

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4. Alternativa C.
La implantación de la alternativa C se sitúa en el polígono 74, parcelas 5 y 10 del término
municipal de Badajoz, y para la evacuación se proyecta una línea subterránea con una
longitud aproximada de 1,20 km, que también discurriría por el término municipal precitado.
Se comprueba que la orografía presente en el terreno perteneciente a dichas parcelas
es predominantemente llana, presenta una cota que varía en un rango corto de
aproximadamente 38 m entre sus puntos más extremos (217-255 m).
Estas parcelas no presentan cobertura vegetal natural a excepción de la apreciable en
los escasos ribazos y desniveles existentes, la mayoría de los cuales se concentran en el
margen de la carretera EX–30 y en la llanura de inundación del arroyo que procede del
extremo norte del vallado. El uso del suelo está ampliamente representado en la provincia,
por tratarse de tierras de cultivo de olivo.
Se han identificado un total de 1,55 km de cuenca de arroyos en el interior del recinto
proyectado para esta alternativa. Se trata de arroyos innominados afluentes del río
Guadajira que transcurre al noreste del vallado, a 546 m, en su punto más próximo.
5. Justificación de la alternativa seleccionada.
La promotora, comparando las alternativas planteadas en función de los criterios ambientales
de minimización de movimientos de tierra, menor afección a zonas con vegetación natural,
a la hidrología y al hábitat del entorno de manera general, considera una vez realizada
la valoración, a partir de toda la información disponible para cada alternativa, que toma
como implantación definitiva la correspondiente a la denominada como alternativa C, por
los siguientes motivos:


— El aprovechamiento de la superficie disponible en el caso de la alternativa A se ve
disminuido por la presencia de una línea eléctrica existente y de dos de los apoyos que
la sustentan. Este hecho condiciona la implantación de los seguidores fotovoltaicos
y otros elementos constructivos, obligando al respeto de sus correspondientes
servidumbres, lo que se manifiesta en una mayor necesidad de espacio a ocupar.

— 
La alternativa más desfavorable considerando únicamente el riesgo potencial de
afección directa a la hidrología presente es la alternativa A por poseer una mayor
longitud de cuerpos de agua en el interior del recinto.


— Con respecto a la vegetación, la alternativa C es la que se presenta más desprovista