Consejería De Educación Y Empleo. Programas Educativos. Ayudas. (2022062666)
Resolución de 5 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa, por la que se realiza la convocatoria de ayudas destinadas a financiar el desarrollo de Programas de Refuerzo Educativo Competencial (PROA +) en centros educativos concertados de la Comunidad Autónoma de Extremadura para las anualidades 2022, 2023 y primer semestre del 2024.
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NÚMERO 188
Jueves 29 de septiembre de 2022

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incrementar el porcentaje de permanencia en el sistema educativo, en coherencia con la política
autonómica de promoción del éxito educativo y las políticas sociales y de la infancia.
Segundo. Régimen jurídico.
Las ayudas convocadas se regirán por lo establecido en la Orden de 21 de junio de 2022, por
la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas destinadas a financiar el desarrollo de
programas de refuerzo educativo competencial en centros educativos concertados de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE, n.º128, de 5 de julio de 2022), por la Ley 6/2011,
de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, siendo igualmente de aplicación las disposiciones de carácter básico contenidas en la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, y demás normativa básica del Estado.
Tercero. Beneficiarios.
1. Será destinatario del Refuerzo Educativo Competencial el AEV del centro, entendiendo por éste
en un sentido amplio aquel que presente necesidades de tipo asistencial, escolar, socioeducativa y/o específicas de apoyo educativo, como barreras que van a condicionar, potencial o
efectivamente, las posibilidades de Refuerzo Educativo Competencial del alumnado del centro.
2. P
 odrán ser beneficiarios de las subvenciones reguladas en la presente resolución, los centros educativos de titularidad privada que tengan concertadas unidades de apoyo educativo
en los cursos correspondientes a las convocatorias de estas ayudas
3. A partir de las necesidades que presente, se precisa conocer cuáles son los intereses y
fortalezas del AEV para establecer una estrategia de acompañamiento que facilite sus
aprendizajes y Refuerzo Educativo Competencial. En este sentido, el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo es susceptible de poder ser atendido por este programa
siempre y cuando el servicio de orientación educativa que atiende al centro lo crea conveniente por complementar la respuesta específica que estos precisen o, de no ser así, por
considerarse como una medida ordinaria adecuada.
4. En todo caso, será necesaria la autorización familiar para la participación del AEV en el Refuerzo Educativo Competencial, según anexo II.A. Así como, será necesaria la autorización
familiar en el caso que de manera voluntaria se desee dar de baja al alumno en Refuerzo
Educativo Competencial a través del anexo II.B.
Cuarto. Oferta para la incorporación de centros.
1. Se destinará un total de veinticinco docentes a media jornada a la implementación y desarrollo de los Programas de Refuerzo Educativo Competencial en centros educativos de titularidad privada que tengan concertadas unidades de apoyo educativo en el curso escolar.