Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022062784)
Resolución de 21 de septiembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Vicepresidencia Primera y Consejería de Hacienda y Administración Pública y la Universidad de Extremadura, para la medición de Radón en centros de trabajo del ámbito preventivo de Administración General de la Junta de Extremadura.
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NÚMERO 186
Martes 27 de septiembre de 2022

46521

Por todo lo expuesto, las partes suscriben el presente convenio de colaboración con arreglo
a las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El objeto de este convenio es la realización conjunta, y en la continua colaboración de ambas
partes, por un lado del Servicio de Salud y Prevención de Riesgos Laborales de la Dirección
General de Función Pública de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, y por otro
el GERN, para realizar un estudio y análisis de la exposición al Radón en centros de trabajo
del ámbito preventivo de la Administración General pertenecientes a la Junta de Extremadura.
Este estudio irá encaminado, por un lado, a la medición inicial de la exposición al Radón y, en
su caso, a un análisis posterior de los centros en los que se detectan niveles superiores a los
establecidos por la Directiva 2013/59/Euratom del Consejo, de 5 de diciembre de 2013, por
la que se establecen normas de seguridad básicas para la protección contra los peligros derivados de la exposición a radiaciones ionizantes y se derogan las Directivas 89/618/Euratom,
90/641/Euratom, 96/29/Euratom, 97/43/Euratom y 2003/122/Euratom, en su artículo 54 y
en la Instrucción IS-33 del Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) sobre criterios radiológicos
para la protección frente a la exposición a la radiación natural.
Segunda. Actuaciones a desarrollar por las partes.
Atendiendo a los objetivos expuestos, ambas partes deberán abordar dichos objetivos tomando como líneas de actuación, al menos, las siguientes:
La UEX, a través del GERN, desarrollará las siguientes actuaciones:
• Suministro de los detectores (en sus distintos tipos), atendiendo al número de centros a muestrear y al número de detectores pasivos por estancia que se encuentre en planta sótano y
planta baja de los centros de trabajo ocupados por personal trabajador de una forma continua.
• Análisis de la concentración de radón en aire en interiores, con los detectores pasivos
suministrados
• Realización de medición con métodos de lectura continúa en los casos en los que los
resultados del muestreo evidencien unos niveles superiores a los establecidos por el Directiva 2013/59/EURATOM del Consejo en su artículo 54.
• Realización de las mediciones necesarias para la comprobación de cumplimiento de eficacia de
la aplicación de medidas preventivas, posteriores a una evaluación del riesgo de exposición.