Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2022062769)
Resolución de 14 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para la explotación porcina, promovida por Murillo Márquez, SL, en el término municipal de Alconera (Badajoz).
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NÚMERO 186
Martes 27 de septiembre de 2022

46537

CONSEJERÍA PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y SOSTENIBILIDAD

RESOLUCIÓN de 14 de septiembre de 2022, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para
la explotación porcina, promovida por Murillo Márquez, SL, en el término
municipal de Alconera (Badajoz). (2022062769)
ANTECEDENTES DE HECHO:
Primero. Con fecha 25 de junio de 2019 tiene entrada en el Registro Único de la Junta de Extremadura, la solicitud de autorización ambiental unificada (AAU) para la legalización de una
explotación porcina de producción en régimen intensivo en el término municipal de Alconera,
promovida por Murillo Márquez, SL, con domicilio social en c/ Argentina, n.º 5, CP 06300 de
Zafra (Badajoz).
Segundo. El proyecto consiste en la legalización de una explotación porcina de producción
en régimen intensivo con capacidad de 170 reproductoras y 1 verraco. Esta actividad está
incluida en el ámbito de aplicación de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental
de la Comunidad Autónoma de Extremadura. En particular en la categoría 1.2 del anexo II.
La explotación se ubicará en el polígono 4, parcela 50 del término municipal de Alconera. La
superficie total es de unas 1,76 hectáreas. Las características esenciales del proyecto se describen en la presente resolución.
Tercero. Con fecha 19 de septiembre de 2019, el Órgano ambiental publica Anuncio en su
sede electrónica, poniendo a disposición del público, durante un plazo de 10 días, la información relativa al procedimiento de solicitud de autorización ambiental unificada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16.5 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección
ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Cuarto. Para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 16/2015, de 23 de
abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con fechas 22 de
agosto de 2019 y 18 de enero de 2021, se remite copia del expediente al Ayuntamiento de
Alconera, a fin de que por parte de éste se promoviese la participación real y efectiva de las
personas interesadas, en todo caso, de los vecinos inmediatos, en el procedimiento de otorgamiento de la autorización ambiental unificada. Del mismo modo, se le indicaba que disponía
de un plazo de 20 días desde la recepción del expediente, para remitir un informe técnico que
se pronuncie sobre la adecuación de la instalación a todas aquellas materias de competencia
municipal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local.