Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022062741)
Resolución de 15 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Construcción de casa rural", cuya promotora es D.ª Felipa Sosa Salgado, en el término municipal de Cheles. Expte.: IA22/232.
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NÚMERO 184
Viernes 23 de septiembre de 2022



Alternativa 0. Esta alternativa consistiría en la no construcción de la casa rural.



Alternativa 1. Construcción de la casa rural en otras parcelas.



Alternativa 2. Construcción de la casa rural en la parcela seleccionada.

46287

La promotora justifica la elección de la alternativa 2, en que la parcela tiene una clasificación del suelo que permite este tipo de uso, de acuerdo, con el Plan General Municipal
y el Plan Territorial del Área de Influencia del Embalse de Alqueva, en la existencia de
acceso rodado desde el camino que conduce a la playa fluvial “La Dehesa”, en el gran
atractivo para el turismo de Cheles, en que no es necesaria la tala de árboles, en que
se emplean materiales de construcción tradicionales, así como el uso de energías renovables para la electricidad y el agua caliente sanitaria.
3.3. Características del potencial impacto
R
 ed Natura 2000 y Áreas Protegidas. El proyecto se localiza fuera de espacios pertenecientes a la Red Natura 2000. El Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas
Protegidas informa favorablemente la actividad solicitada, ya que no es susceptible de
afectar de forma apreciable a los lugares incluidos en la Red Natura 2000, siempre que
se cumplan las medidas indicadas.
S
 istema hidrológico y calidad de las aguas. No se prevé afección física alguna a cauces
que constituyan el DPH del Estado, definido en el artículo 2 del Real Decreto Legislativo
1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas (TRLA),
ni a las zonas de servidumbre y policía. No obstante, con la adopción de las medidas preventivas oportunas y las establecidas por el Organismo de cuenca, se asegurará una mínima afección, evitando perjudicar negativamente a la calidad de las aguas superficiales y
subterráneas, así como al resto del dominio público hidráulico de forma directa o indirecta.
S
 uelos. El impacto principal del proyecto sobre este factor será el ocasionado por la
ocupación de las edificaciones, construcciones e instalaciones, y de los movimientos de
tierra llevados a cabo para su construcción. Aplicando las correspondientes medidas,
estas afecciones no deberían ser significativas. Los impactos producidos sobre el suelo
en la fase de funcionamiento serán la ocupación del mismo por la actividad turística, así
como posibles derrames accidentales.
F
 auna. El Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas considera que la
actuación es compatible con los valores ambientales del entorno.
Vegetación. El proyecto no conlleva la tala de arbolado, por lo que no se considera que
se produzca un impacto significativo, sobre dicho factor.