Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022062728)
Resolución de 14 de septiembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura y el Consejo de Colegios Profesionales de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Extremadura, para la formación de un arquitecto técnico o titulado en cualquier grado que habilite para la profesión de arquitecto técnico, en materia de calidad de la edificación relacionada con la eficiencia energética.
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NÚMERO 183
Jueves 22 de septiembre de 2022

45882

CONVENIO ENTRE LA CONSEJERÍA DE MOVILIDAD, TRANSPORTE Y
VIVIENDA DE LA JUNTA DE EXTREMADURA Y EL CONSEJO DE COLEGIOS
PROFESIONALES DE APAREJADORES Y ARQUITECTOS TÉCNICOS DE
EXTREMADURA, PARA LA FORMACIÓN DE UN ARQUITECTO TÉCNICO O
TITULADO EN CUALQUIER GRADO QUE HABILITE PARA LA PROFESIÓN DE
ARQUITECTO TÉCNICO, EN MATERIA DE CALIDAD DE LA EDIFICACIÓN
RELACIONADA CON LA EFICIENCIA ENERGÉTICA.
Mérida, 30 de agosto de 2022.
De una parte, Dña. Leire Iglesias Santiago, quien interviene en nombre y representación de
la Junta de Extremadura, en calidad de Consejera de Movilidad, Transporte y Vivienda, cargo
que ostenta en virtud del nombramiento efectuado por Decreto del Presidente 22/2019, de 1
de julio (DOE n.º 126, de 2 de julio), actuando en el ejercicio de la competencia atribuida en
el artículo 53.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, en relación con el Decreto del Presidente 16/2019,
de 1 de julio, por el que se modifican la denominación, el número y las competencias de las
Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura
(DOE n.º 126, de 2 de julio).
De otra parte, D. Diego A. Salas Collazo, con NIF, ***78.04**, Presidente del Consejo de
Colegios Profesionales de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Extremadura, en virtud de
las facultades que le vienen atribuidas por el artículo 21.1. de los Estatutos del Consejo de
Colegios Profesionales de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Extremadura, publicados
en el DOE n.º 44, de 4 de marzo de 2022, por Resolución de la Consejería de Hacienda y
Administración Pública, de la Junta de Extremadura, de 23 de febrero de 2022, de acuerdo
con los Estatutos Generales del Consejo General y de los Colegios Oficiales de Aparejadores y
Arquitectos Técnicos, aprobados por Real Decreto 1471/1.977, de 13 de mayo, y modificado
posteriormente por los Reales Decretos 497/1.983, de 16 de febrero, 542/2001, de 18 de
mayo y 1639/2009, de 30 de octubre, habiendo sido autorizado para la firma del presente
Convenio por la Junta de Gobierno del Consejo de Colegios Profesionales de Aparejadores y
Arquitectos Técnicos de Extremadura, en fecha 19 de mayo de 2022.
MANIFIESTAN
Primero. La Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda, en el marco de las competencias
previstas en el artículo 9.1.31 del Estatuto de Autonomía de Extremadura, y de conformidad con
lo dispuesto en el Decreto del Presidente 16/2019, de 1 de julio, por el que se modifican la denominación, el número y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, tiene atribuidas, entre otras, las competencias en
materia de vivienda, anteriormente ejercidas por la Consejería de Sanidad y Políticas Sociales.