Extremadura Avante Servicios Avanzados A Pymes, Slu. Ferias. Ayudas. (2022AC0072)
Acuerdo de 16 de septiembre de 2022, del Consejero Delegado, por el que se realiza la convocatoria de las ayudas por Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para la participación agrupada en la feria internacional Fruit Logistica Berlín y en la feria de carácter internacional Meat Attraction, para el ejercicio 2023.
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NÚMERO 183
Jueves 22 de septiembre de 2022

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tanto los extractos como las convocatorias. La Base de Datos Nacional de Subvenciones,
dará traslado a dicho diario de los extractos de las convocatorias para su publicación, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, General de Subvenciones.
2. E
 xtremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, publicará en el Diario Oficial
de Extremadura y en el Portal de Subvenciones http://ciudadano.gobex.es/, en el Portal
de la Transparencia y la Participación Ciudadana y en la web de Extremadura Avante
http://www.extremaduraavante.es/, las subvenciones concedidas con expresión de la
convocatoria, programa y crédito presupuestario al que se imputen, beneficiario, cantidad concedida, finalidad o finalidades de la ayuda, de conformidad con lo dispuesto en
el artículo 17.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
3. Se remitirá a la Base de Datos Nacional de Subvenciones, a través del Servicio de Comercio, la información sobre las convocatorias y las resoluciones de concesión en los términos
previsto en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura. Asimismo, las referidas convocatorias requerirán, a su vez, autorización
previa del Consejo de Gobierno si su importe es superior a los 600.000 euros, en virtud de
lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley 6/2011.

Esta difusión se realizará de conformidad con las prescripciones contenidas en la Ley
6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
el Decreto 50/2001, de 3 de abril, sobre medidas adicionales de gestión de inversiones
financiadas con ayudas de la Junta de Extremadura, el Reglamento (UE) n.º 1303/2013
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre, con arreglo a las instrucciones
dadas por el órgano gestor de las mismas.
4. A
 simismo, recepcionada la ayuda en especie, los beneficiarios deberán acreditar mediante
justificación documental gráfica suficiente, el cumplimiento de la obligación de información
y publicidad, con la inserción de los logotipos oficiales del Fondo Europeo de Desarrollo Regional y la Junta de Extremadura en los documentos entregables que se hagan a Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para los programas financiados con fondos
europeos y el de la Junta de Extremadura para los programas financiados con fondos de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
5. D
 e igual forma, en las notificaciones de concesión de estas ayudas, se señalará que la
Unión Europea participa en la financiación de las mismas, siempre y cuando los programas
estén financiados por dichos fondos y, en su caso, se indicará la cuantía o el porcentaje de
la ayuda aportada por el instrumento comunitario correspondiente.