Servicio Extremeño Público De Empleo. Empleo. Subvenciones. (2022062657)
Resolución de 1 de septiembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se aprueba la segunda convocatoria de subvenciones destinadas a la financiación del programa "Nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad. Colectivos vulnerables" en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 182
Miércoles 21 de septiembre de 2022

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3. L
 a solicitud de las personas destinatarias al centro de empleo se realizará mediante la
presentación de la correspondiente oferta de actividad o herramienta que le sustituya, por
parte de la entidad beneficiaria de la subvención. El sondeo de demandantes será realizado
por personal técnico del Servicio Extremeño Público de Empleo.
Cuarto. Localización de las actuaciones.
1. L
 as entidades deberán solicitar de manera ordenada por prioridad todos los grupos de Centros de Empleo establecidos en este punto, siendo su adjudicación por orden de puntuación
obtenida en la concurrencia competitiva.
Grupo 1: Plasencia, Casar de Palomero.
Grupo 2: Cáceres Urbana, Trujillo, Cañamero.
Grupo 3: Mérida Integrada, Cabeza del Buey, Herrera del Duque, Talarrubias.
Grupo 4: Almendralejo, Fuente de Cantos, Llerena.
Grupo 5: Villafranca de los Barros, Olivenza, Guareña.
Grupo 6: Coria, Hervás, Hoyos.
Grupo 7: Zafra, Jerez de los Caballeros, Fregenal de la Sierra.
Grupo 8: Navalmoral de la Mata, Talayuela, Jaraíz de la Vera.
2. L
 as acciones se podrán desarrollar en todas las localidades que pertenezcan a los Centros
de Empleo.
Quinto. Procedimiento de concesión y de convocatoria.
El procedimiento de concesión de estas subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia
competitiva y convocatoria periódica, en los términos previstos en el capítulo II del título II de
la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Sexto. Plazo de solicitud y documentación a acompañar.
1. E
 l plazo para presentar solicitudes será de 5 días hábiles a contar desde el día siguiente
al de la publicación, de esta convocatoria, en el Diario Oficial de Extremadura. Solo podrá
presentarse una solicitud por entidad promotora.
2. Las solicitudes suscritas por la persona que ostenta la representación legal de la entidad irán
dirigidas a la Dirección Gerencia del Servicio Extremeño Público de Empleo y se formalizarán