Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Eficiencia Energética. (2022062737)
Resolución de 15 de septiembre de 2022, de la Vicepresidenta Primera y Consejera, por la que se adoptan medidas de fomento del ahorro y la eficiencia energética en materia de gestión de los empleados y empleadas públicas del ámbito general de la Administración de la Junta de Extremadura.
6 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 181
Martes 20 de septiembre de 2022

45662

Lo mismo sucederá con el personal que presta servicios en centros o servicios sociosanitarios, residenciales de atención diurna, atención domiciliaria, de promoción de la
autonomía, Centro de Urgencias y Emergencias 112 o en otros servicios esenciales cuyo
funcionamiento esté regulado por normativa específica.
Tercera. Órganos competentes.
Serán responsables de la aplicación de las medidas de fomento del ahorro y la eficiencia energética en materia de gestión de los empleados y empleadas públicas en el ejercicio de sus
respectivas competencias:
— La Dirección General de Función Pública.
— Las Secretarías Generales y Direcciones Generales de las distintas Consejerías de la
Administración de la Junta de Extremadura y los órganos correspondientes de los organismos autónomos.
— La dirección de las diferentes unidades y centros de trabajo de la Administración de la
Junta de Extremadura.
— Los distintos Servicios y Jefaturas de Unidad.
Cuarta. Jornadas y horario de trabajo en los centros administrativos.
1. La jornada ordinaria de trabajo de los empleados y empleadas públicas que presten servicio
con carácter presencial en los centros administrativos del ámbito general de la Administración de la Junta de Extremadura y a los que les sea de aplicación el horario flexible establecido con carácter general en el artículo 2.2 del Decreto 149/2013, por el que se regulan
la jornada y horarios de trabajo, los permisos y las vacaciones del personal funcionario al
servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se regirá por lo
siguiente:
a) Desde el 16 de septiembre de 2022, inclusive, la jornada ordinaria de trabajo se realizará, con carácter general, entre las 7:30 horas y las 15:30 horas.
b) Las Secretarías Generales determinarán dos días, de lunes a jueves, en los que la jornada ordinaria de trabajo se podrá realizar entre las 7:30 horas y las 19:00 horas.
En los edificios administrativos en los que estén ubicados órganos o unidades administrativas pertenecientes a distintas Consejerías, las correspondientes Secretarías Generales
determinarán tales días de forma coordinada y homogénea.