Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Sector Equino. Subvenciones. (2022062689)
Resolución de 9 de septiembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se efectúa para el ejercicio 2022, la convocatoria de las subvenciones a profesionales en ganadería de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el fomento de la cría, selección y doma de caballos de silla.
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NÚMERO 180
Lunes 19 de septiembre de 2022

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de Registro Único de la Administración de la Comunidad Autónoma en cualquiera de los
lugares previstos en el Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta
un sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el
ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. El modelo de
solicitud estará disponible en el portal oficial de la Consejería de Agricultura, Desarrollo
Rural, Población y Territorio de la Junta de Extremadura http://www.juntaex.es/con03/ y
en el Portal del Ciudadano en el siguiente enlace: http://ciudadano.gobex.es.
El plazo para presentar las solicitudes será de 10 días hábiles a partir del 15 de octubre
de 2022 o de la fecha de publicación en el Diario Oficial de Extremadura si fuera posterior
a 15 de octubre de 2022. La publicación de la presente resolución de convocatoria en el
Diario Oficial de Extremadura, y del preceptivo extracto de la misma, se realiza a través
de la Base de Datos Nacional de Subvenciones de acuerdo con el artículo 20.8 de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Asimismo, se publica en el Portal
de Subvenciones autonómico y en el Portal de la Transparencia de la Junta de Extremadura,
según denominación dada al Portal por la Ley 4/2022, de 27 de julio de racionalización
y simplificación administrativa de Extremadura, dando así debido cumplimiento a lo
establecido en el artículo 9.2 del Reglamento (UE) n º 702/2014, de la Comisión, de 25 de
junio de 2014.
2. La presentación de la solicitud conllevará la autorización a la Consejería de Agricultura,
Desarrollo Rural, Población y Territorio para recabar los certificados o información necesarios
para la acreditación del cumplimiento de los requisitos, salvo que la persona solicitante
haga constar su oposición expresa, o la falta de autorización (según los casos), marcando
la casilla correspondiente del anexo I de la solicitud.
3. Las solicitudes deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:
a) Copia del NIF de la persona física o jurídica, en caso de que la solicitante se oponga en
la solicitud a la consulta de oficio marcando la casilla correspondiente del anexo I.
b) Copia del documento de identificación equina (DIE) o pasaporte.
c) Copia del Libro de explotación actualizado.
d) Documentos probatorios de la clasificación del caballo durante el periodo deportivo
comprendido entre el 1 de enero de 2022 y el 10 de octubre de 2022. Para ello se aceptará
una certificación acreditativa expedida por la Federación de Hípica correspondiente.