Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022062701)
Resolución de 7 de septiembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la primera Adenda al Convenio por el que se formaliza la transferencia específica a favor de la Sociedad Mercantil Autonómica Urvipexsa, SA, para financiar las actuaciones del Programa Piloto "Rehabita" a desarrollar en los municipios de Alconchel, Casar de Cáceres, Garrovillas de Alconétar, Guareña, Madroñera, Olivenza y otros.
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NÚMERO 180
Lunes 19 de septiembre de 2022
45515
— Cuantos gastos y tributos se deriven de la constitución del derecho de usufructo.
— Costes indirectos de la Sociedad URVIPEXSA en concepto de gestión, en que pueda incurrir por el desarrollo y la ejecución del programa y que se fijan en un 6% del total del
resto de los gastos”.
Tercera. Modificación de la cláusula tercera del convenio.
Se modifica la cláusula tercera del convenio, relativa a la financiación, en concreto, se procede
al reajuste de las anualidades previstas, con la siguiente redacción:
La financiación de las actuaciones a llevar a cabo en virtud del presente convenio, se articula
a través de una transferencia específica de carácter plurianual, por un importe global para las
anualidades 2021, 2022 y 2023 de seiscientos treinta y cinco mil ochocientos cincuenta y un
euros con sesenta y seis céntimos de euros (635.851,66 €), que será imputada al proyecto
de gasto 20210232 denominado “URVIPEXSA, SAU, Programa REHABITA”, Fuente de finan
ciación CAG0000001, dentro de la aplicación presupuestaria 160030000 G /261A/ 74308 con
el siguiente desglose por anualidades e imputación presupuestaria:
Anualidad
Importe Anualidad
Aplicación presupuestaria
Proyecto de Gasto
2021
158.962,92 €
160030000G/261A/74308
20210232
2022
0€
2023
476.888,74 €
160030000G/261A/74308
20210232
Es objeto de modificación el Anexo I y II, del convenio que queda íntegramente sustituido por
el anexo incorporado a la presente adenda
Cuarta. Modificación de la cláusula cuarta del convenio.
Se modifica la cláusula cuarta relativa al pago y justificación, a la que se le da una nueva
redacción con el siguiente tenor literal:
1. La transferencia se hará efectiva de conformidad con lo dispuesto en el artículo 108.1 de la
citada Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura y en el artí
culo 3.1 del Decreto 105/2005, de 12 de abril, por el que se aprueba el Plan de Disposición
de Fondos de la Tesorería de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2005.
2. E
l abono y justificación de la trasferencia específica para el ejercicio 2021, por importe
de trescientos diecisiete mil novecientos veinticinco euros con ochenta y tres céntimos de
euros (317.925,83 €), se realizará de la siguiente forma:
Lunes 19 de septiembre de 2022
45515
— Cuantos gastos y tributos se deriven de la constitución del derecho de usufructo.
— Costes indirectos de la Sociedad URVIPEXSA en concepto de gestión, en que pueda incurrir por el desarrollo y la ejecución del programa y que se fijan en un 6% del total del
resto de los gastos”.
Tercera. Modificación de la cláusula tercera del convenio.
Se modifica la cláusula tercera del convenio, relativa a la financiación, en concreto, se procede
al reajuste de las anualidades previstas, con la siguiente redacción:
La financiación de las actuaciones a llevar a cabo en virtud del presente convenio, se articula
a través de una transferencia específica de carácter plurianual, por un importe global para las
anualidades 2021, 2022 y 2023 de seiscientos treinta y cinco mil ochocientos cincuenta y un
euros con sesenta y seis céntimos de euros (635.851,66 €), que será imputada al proyecto
de gasto 20210232 denominado “URVIPEXSA, SAU, Programa REHABITA”, Fuente de finan
ciación CAG0000001, dentro de la aplicación presupuestaria 160030000 G /261A/ 74308 con
el siguiente desglose por anualidades e imputación presupuestaria:
Anualidad
Importe Anualidad
Aplicación presupuestaria
Proyecto de Gasto
2021
158.962,92 €
160030000G/261A/74308
20210232
2022
0€
2023
476.888,74 €
160030000G/261A/74308
20210232
Es objeto de modificación el Anexo I y II, del convenio que queda íntegramente sustituido por
el anexo incorporado a la presente adenda
Cuarta. Modificación de la cláusula cuarta del convenio.
Se modifica la cláusula cuarta relativa al pago y justificación, a la que se le da una nueva
redacción con el siguiente tenor literal:
1. La transferencia se hará efectiva de conformidad con lo dispuesto en el artículo 108.1 de la
citada Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura y en el artí
culo 3.1 del Decreto 105/2005, de 12 de abril, por el que se aprueba el Plan de Disposición
de Fondos de la Tesorería de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2005.
2. E
l abono y justificación de la trasferencia específica para el ejercicio 2021, por importe
de trescientos diecisiete mil novecientos veinticinco euros con ochenta y tres céntimos de
euros (317.925,83 €), se realizará de la siguiente forma: