Consejería De Movilidad, Transporte Y Vivienda. Viviendas. Subvenciones. (2022050160)
Orden de 13 de septiembre de 2022 por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones contempladas en el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
76 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 180
Lunes 19 de septiembre de 2022

45463

No mediando autorización expresa a la consulta de datos con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, las personas solicitantes deberán presentar junto con su solicitud, el correspondiente certificado de renta con código seguro de verificación, expedido
por dicho organismo, referido al período impositivo vencido, inmediatamente anterior
al de la presentación de la solicitud. A tal efecto también se admitirá la copia de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) referida a dicho
periodo impositivo.
Si se hubieren obtenido ingresos exentos o no sujetos a tributación por IRPF, deberá
aportarse copia de la resolución o del certificado del organismo público competente,
que acredite los importes percibidos.
b) Certificación acreditativa de que las personas solicitantes se encuentran al corriente en
las obligaciones tributarias con la Hacienda estatal, salvo que no lo hubieren autorizado
expresamente en el modelo normalizado de solicitud.
No mediando autorización expresa, las personas solicitantes deberán presentar, junto con
su solicitud, los documentos anteriormente señalados.
5. C
 uando la solicitud de la ayuda se refiera a una vivienda protegida arrendada directamente
por su promotor, las personas interesadas deberán cumplimentar las casillas correspondientes del modelo normalizado de solicitud, referidas a la fecha y el número del visado
del contrato. En este caso, no será necesario acompañar la documentación referida en
los apartados anteriores, que ya se hubiere aportado junto con la solicitud de visado del
contrato, salvo que el correspondiente certificado hubiere caducado o se hubiere producido
una alteración de las circunstancias.
6. El modelo normalizado de solicitud incorporará las declaraciones responsables que acrediten el cumplimiento de los requisitos previstos en letra b) del apartado 1 del artículo 6; así
como en la letra c) del apartado 1 y en el apartado 2 del artículo 41.
Artículo 43. Compatibilidad.
1. La ayuda de este Programa se destinará obligatoriamente al pago del precio de arrendamiento o de cesión de uso de la vivienda o habitación que constituya su objeto, y no podrá
compatibilizarse con ninguna otra ayuda para el pago del alquiler contemplada en el Plan
Estatal de Vivienda 2022-2025, ni con las ayudas que con el mismo objeto y finalidad puedan conceder las administraciones o entidades públicas.
No obstante, la ayuda de este Programa será expresamente compatible con la ayuda del
Bono Alquiler Joven, regulada en el título I de este Real Decreto 42/2022, de 18 de enero,
con los límites señalados en el artículo siguiente.