Consejería De Movilidad, Transporte Y Vivienda. Viviendas. Subvenciones. (2022050160)
Orden de 13 de septiembre de 2022 por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones contempladas en el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 180
Lunes 19 de septiembre de 2022

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correspondiente desglose de precios, se imputará a cada uno de ellos (garaje y/o
trastero) un 10% del precio total consignado en el contrato, con la consiguiente
exclusión de concesión de la ayuda.
Si el contrato o precontrato no recogiera todo el contenido mínimo exigido, podrá aportarse un anexo, firmado por ambas partes contratantes.
Si del texto del contrato se dedujera que está vencido a la fecha de presentación de la
solicitud, se deberá aportar copia de la prórroga convenida, firmada por ambas partes
contratantes.
b) Copia del certificado o volante colectivo de empadronamiento, que deberá acreditar las
personas que a la fecha de la solicitud tienen su domicilio habitual y permanente en la
vivienda o habitación objeto de la ayuda.
En el caso de presentación de un precontrato de arrendamiento o de cesión de uso, las
personas interesadas deberán presentar este documento en el plazo de tres meses a
contar desde la notificación de la resolución de concesión de la ayuda; la cual se condicionará a la efectiva aportación de dicho documento, que en este caso deberá acreditar
las personas que a la fecha del contrato tienen su domicilio habitual y permanente en
la vivienda o habitación objeto de la solicitud de ayuda. Producido el incumplimiento,
se dejará sin efecto la concesión de la ayuda mediante resolución declarativa de concurrencia de aquella condición.
c) Copia del documento público que acredite la imposibilidad de ocupar la vivienda de que
sean propietarias o usufructuarias las personas integrantes de la unidad de convivencia,
en su caso.
d) Modelo normalizado de Alta de Terceros, que haga constar sus datos identificativos y
los datos de la cuenta bancaria en la que deba efectuarse el abono de la ayuda, siempre
que no tuviera cuenta activa en el Subsistema de Terceros. Las personas interesadas
deberán ser titulares o cotitulares de la cuenta bancaria.
e) C
 opia del vigente certificado de registro de ciudadanos de la Unión Europea; o copia del
documento oficial que acredite la situación de estancia o residencia legal en España;
según los casos.
3. El órgano directivo competente en materia de vivienda recabará electrónicamente los documentos que seguidamente se relacionan, salvo que en el modelo normalizado de solicitud
se hubieren opuesto a ello las personas solicitantes, o no lo hubieren autorizado expresamente el resto de personas integrantes de la unidad de convivencia: