Consejería De Educación Y Empleo. Seguridad Y Salud En El Trabajo. Subvenciones. (2022062637)
Resolución de 30 de agosto de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se convocan subvenciones destinadas al fomento de la seguridad y salud en el trabajo en las empresas de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2022.
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NÚMERO 176
Martes 13 de septiembre de 2022
44953
Administrativo Común de las Administraciones Públicas y dicha solicitud se dirigirá a la
Dirección General de Trabajo de la Consejería de Educación y Empleo.
Para las personas jurídicas y las agrupaciones de personas físicas y jurídicas, cualquiera
que sea la forma jurídica que adopten y las comunidades de bienes siendo sujetos obligados a relacionarse a través de medios electrónicos, la vía de presentación se realizará
preferentemente a través del Registro Electrónico General, de la Sede electrónica de la
Junta de Extremadura https://sede.gobex.es/SEDE/registroGeneral/registroGeneral.jsf,
sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 16.4 a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y dicha solicitud se
dirigirá a la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Educación y Empleo.
Los interesados podrán identificarse electrónicamente ante la Junta de Extremadura a través de los sistemas contemplados en el artículo 9.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
El certificado electrónico podrá obtenerse a través de la web http://www.cert.fnmt.es/ y
https://www.dnielectronico.es/
2. L
a solicitud se formalizará mediante el modelo normalizado que se adjunta como anexo I y
deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
a) Datos identificativos del solicitante:
1º. P
ara personas físicas, y para la verificación de la identidad del solicitante, la Administración competente de la tramitación de este procedimiento tiene atribuida la potestad
de verificación de los datos personales del solicitante manifestados en esta solicitud en
virtud de la Disposición adicional octava de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre,
de Protección de Datos Personales y garantías de los derechos digitales.
2º. P
ara personas jurídicas, fotocopia de la Tarjeta de Número de Identificación Fiscal
(NIF), escritura de constitución de la sociedad, poder del representante legal y DNI,
pasaporte o tarjeta de residencia del mismo.
Para personas jurídicas obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos en
virtud al artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, su identidad queda acreditada ya
que dispone de un sistema de identificación electrónica que acredita su representación en la presentación de la solicitud.
3º. P
ara comunidades de bienes y otras entidades sin personalidad jurídica contempladas en el resuelvo segundo de esta resolución de convocatoria, fotocopia del NIF de
la comunidad de bienes así como fotocopia del NIF pasaporte o tarjeta de residencia
Martes 13 de septiembre de 2022
44953
Administrativo Común de las Administraciones Públicas y dicha solicitud se dirigirá a la
Dirección General de Trabajo de la Consejería de Educación y Empleo.
Para las personas jurídicas y las agrupaciones de personas físicas y jurídicas, cualquiera
que sea la forma jurídica que adopten y las comunidades de bienes siendo sujetos obligados a relacionarse a través de medios electrónicos, la vía de presentación se realizará
preferentemente a través del Registro Electrónico General, de la Sede electrónica de la
Junta de Extremadura https://sede.gobex.es/SEDE/registroGeneral/registroGeneral.jsf,
sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 16.4 a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y dicha solicitud se
dirigirá a la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Educación y Empleo.
Los interesados podrán identificarse electrónicamente ante la Junta de Extremadura a través de los sistemas contemplados en el artículo 9.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
El certificado electrónico podrá obtenerse a través de la web http://www.cert.fnmt.es/ y
https://www.dnielectronico.es/
2. L
a solicitud se formalizará mediante el modelo normalizado que se adjunta como anexo I y
deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
a) Datos identificativos del solicitante:
1º. P
ara personas físicas, y para la verificación de la identidad del solicitante, la Administración competente de la tramitación de este procedimiento tiene atribuida la potestad
de verificación de los datos personales del solicitante manifestados en esta solicitud en
virtud de la Disposición adicional octava de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre,
de Protección de Datos Personales y garantías de los derechos digitales.
2º. P
ara personas jurídicas, fotocopia de la Tarjeta de Número de Identificación Fiscal
(NIF), escritura de constitución de la sociedad, poder del representante legal y DNI,
pasaporte o tarjeta de residencia del mismo.
Para personas jurídicas obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos en
virtud al artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, su identidad queda acreditada ya
que dispone de un sistema de identificación electrónica que acredita su representación en la presentación de la solicitud.
3º. P
ara comunidades de bienes y otras entidades sin personalidad jurídica contempladas en el resuelvo segundo de esta resolución de convocatoria, fotocopia del NIF de
la comunidad de bienes así como fotocopia del NIF pasaporte o tarjeta de residencia