Consejería De Educación Y Empleo. Seguridad Y Salud En El Trabajo. Subvenciones. (2022062637)
Resolución de 30 de agosto de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se convocan subvenciones destinadas al fomento de la seguridad y salud en el trabajo en las empresas de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2022.
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NÚMERO 176
Martes 13 de septiembre de 2022

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de cuantía inferior al importe de la actividad subvencionada, se procederá a la disminución
proporcional de la subvención concedida, siempre y cuando se mantenga el destino y finalidad para la cual fue concedida dicha ayuda.
No obstante, se considerará incumplimiento total y en consecuencia procederá el reintegro de la totalidad de la subvención, cuando el porcentaje de la inversión subvencionable
ejecutada, excluido IVA, sea inferior al 60 % de la correspondiente a la actividad subvencionada. Cuando el porcentaje de ejecución sea igual o superior al 60 %, se aplicarán los
criterios de proporcionalidad en el reintegro parcial de la subvención, reduciendo la cuantía
concedida atendiendo al porcentaje de ejecución no justificado.
3. El procedimiento de revocación, pérdida derecho al cobro o reintegro, en su caso, de las
subvenciones, se rige por lo establecido en el Capítulo II del Título III de la Ley 6/2011, de
23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y se iniciará
de oficio por acuerdo del órgano competente, bien por propia iniciativa, bien como consecuencia de orden superior, a petición razonada de otros órganos o por denuncia. También
se iniciará a consecuencia del informe de control financiero emitido por la Intervención
General de la Junta de Extremadura.
En el acuerdo por el que se inicie el procedimiento de pérdida de derecho al cobro o reintegro deberán indicarse la causa que determina su inicio, las obligaciones incumplidas
y el importe de la subvención afectado. El acuerdo será notificado al beneficiario, concediéndole un plazo de quince días para que alegue o presente los documentos que estime
pertinentes.
El inicio del procedimiento de reintegro interrumpirá el plazo de prescripción de que dispone
la Administración para exigir el reintegro, de acuerdo con lo establecido en el artículo 45 de
la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura. La resolución del procedimiento de reintegro identificará el obligado al reintegro, las
obligaciones incumplidas, la causa de reintegro y el importe de la subvención a reintegrar.
4. E
 l plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento de reintegro será
de doce meses desde la fecha del acuerdo de iniciación, de conformidad con el artículo
48.4 de Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
La resolución del procedimiento de reintegro pone fin a la vía administrativa. La liquidación
de los intereses se realizará en la misma resolución en la que se acuerde la procedencia
del reintegro, con indicación expresa de la fecha de inicio y la finalización del cómputo de
intereses y del porcentaje de interés de demora aplicable, que será el establecido en el artículo 24.3 de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura.