Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022062659)
Resolución de 6 de septiembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Concierto entre la Consejería de Sanidad y Políticas Sociales, el Servicio Extremeño de Salud y el Consejo de Colegios Profesionales de Farmacéuticos de Extremadura por el que se fijan las condiciones para la ejecución de la prestación farmacéutica a través de oficinas de farmacia y acuerdos de otras prestaciones.
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NÚMERO 175
Lunes 12 de septiembre de 2022
44784
2.2.15. Entregar, a través de sus respectivos Colegios Oficiales de Farmacéuticos, los formularios normalizados justificantes de dispensación electrónica, la receta informatizada Jara, los localizadores de recetas electrónica cuando sean dispensados
manualmente por haber sido declarado por el SES la situación de contingencia
y la receta manual cuando para la facturación mensual al SES, con sus cupones
precintos dispensados, así como la información en soporte informatizado, en las
condiciones establecidas en este Concierto.
2.2.16.
Mantener actualizado los sistemas de información propios, que posibiliten una
implantación efectiva e integrada de la atención farmacéutica en la Comunidad
Autónoma de Extremadura y de una prestación farmacéutica de calidad, conforme
a las medidas establecidas por el Consejo de Colegios Profesionales de Farmacéuticos de Extremadura.
2.2.17. Cumplir cualesquiera obligaciones, diferentes de las recogidas en este apartado,
señaladas en el concierto o necesarias para el cumplimiento del objeto del mismo.
3. Dispensación de los productos objeto del presente Concierto.
3.1 Definiciones
Al objeto de establecer una terminología adecuada que sea compartida por todas las partes, se definen los siguientes términos:
3.1.1. Sistema de Información Sanitaria JARA: es el sistema de información utilizado por
el Servicio Extremeño de Salud que contiene información necesaria para la gestión
de las prestaciones y la atención sanitaria a los ciudadanos.
3.1.2. S
istema de Información de Oficinas de Farmacia: es el sistema de información que
se utiliza en cada una las Oficinas de Farmacia de la Comunidad Autónoma de Extremadura para permitir la gestión eficiente de la prestación farmacéutica desde su
ámbito de responsabilidad.
3.1.3. Sistema de Información Funcional de Receta Electrónica: Conjunto de herramientas
informáticas compartida por el Servicio Extremeño de Salud, los Colegios Profesionales de Farmacéuticos y las oficinas de farmacia de Extremadura para la tramitación telemática de la prestación farmacéutica.
3.1.4. Sistema de Interoperabilidad de la Receta Electrónica: Es el conjunto de herramientas informáticas utilizadas por el SNS y las Comunidades Autónomas interoperables,
que posibilitan la dispensación de la receta electrónica en una Comunidad Autónoma diferente a la de prescripción.
Lunes 12 de septiembre de 2022
44784
2.2.15. Entregar, a través de sus respectivos Colegios Oficiales de Farmacéuticos, los formularios normalizados justificantes de dispensación electrónica, la receta informatizada Jara, los localizadores de recetas electrónica cuando sean dispensados
manualmente por haber sido declarado por el SES la situación de contingencia
y la receta manual cuando para la facturación mensual al SES, con sus cupones
precintos dispensados, así como la información en soporte informatizado, en las
condiciones establecidas en este Concierto.
2.2.16.
Mantener actualizado los sistemas de información propios, que posibiliten una
implantación efectiva e integrada de la atención farmacéutica en la Comunidad
Autónoma de Extremadura y de una prestación farmacéutica de calidad, conforme
a las medidas establecidas por el Consejo de Colegios Profesionales de Farmacéuticos de Extremadura.
2.2.17. Cumplir cualesquiera obligaciones, diferentes de las recogidas en este apartado,
señaladas en el concierto o necesarias para el cumplimiento del objeto del mismo.
3. Dispensación de los productos objeto del presente Concierto.
3.1 Definiciones
Al objeto de establecer una terminología adecuada que sea compartida por todas las partes, se definen los siguientes términos:
3.1.1. Sistema de Información Sanitaria JARA: es el sistema de información utilizado por
el Servicio Extremeño de Salud que contiene información necesaria para la gestión
de las prestaciones y la atención sanitaria a los ciudadanos.
3.1.2. S
istema de Información de Oficinas de Farmacia: es el sistema de información que
se utiliza en cada una las Oficinas de Farmacia de la Comunidad Autónoma de Extremadura para permitir la gestión eficiente de la prestación farmacéutica desde su
ámbito de responsabilidad.
3.1.3. Sistema de Información Funcional de Receta Electrónica: Conjunto de herramientas
informáticas compartida por el Servicio Extremeño de Salud, los Colegios Profesionales de Farmacéuticos y las oficinas de farmacia de Extremadura para la tramitación telemática de la prestación farmacéutica.
3.1.4. Sistema de Interoperabilidad de la Receta Electrónica: Es el conjunto de herramientas informáticas utilizadas por el SNS y las Comunidades Autónomas interoperables,
que posibilitan la dispensación de la receta electrónica en una Comunidad Autónoma diferente a la de prescripción.