Consejería De Educación Y Empleo. Formación Del Profesorado. (2022062668)
Resolución de 24 de agosto de 2022, de la Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convoca la selección de proyectos de formación en centros docentes de enseñanzas no universitarias, sostenidos con fondos públicos, de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2022/23.
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NÚMERO 175
Lunes 12 de septiembre de 2022

44903

3. T
 ranscurrido el plazo máximo sin haberse notificado la resolución, se podrá entender desestimada la solicitud.
4. L
 a resolución que ponga fin al procedimiento será publicada en el Diario Oficial de Extremadura. Asimismo, se publicará en la página web del Servicio de Innovación y Formación
del Profesorado (http://formacion.educarex.es), así como en los portales web de los CPR,
incluyendo una relación de los proyectos seleccionados.
Décimo. Desarrollo del proyecto.
1. Los CPR programarán una sesión informativa inicial de obligada asistencia para las personas encargadas de la coordinación o docentes participantes en el proyecto en quien delegue, de los proyectos de formación de los centros seleccionados en su demarcación. Esta
reunión tendrá por objeto aclarar todas las cuestiones relacionadas con el desarrollo de
los mismos. Estas sesiones se organizarán en coordinación con las unidades de programas
educativos, en función de las líneas solicitadas y de una adecuada distribución territorial
que potencie la frecuencia de los contactos entre los centros y el CPR.
2. Durante el desarrollo del proyecto, tendrá lugar al menos una sesión intermedia de seguimiento entre las personas encargadas de la coordinación del proyecto de formación y
la asesoría del CPR de referencia asignado a dicho proyecto. Esta sesión tendrá carácter
presencial y su finalidad será asegurar la correcta marcha del proyecto.
3. L
 os proyectos que se seleccionen no contarán con ningún tipo de financiación o dotación
económica por parte de la Dirección General competente en materia de formación del profesorado e innovación educativa.
4. Las necesidades formativas y de material didáctico, si las hubiere, y siempre que estén
debidamente justificadas para el correcto desarrollo del proyecto, serán satisfechas por el
CPR de referencia en función de su disponibilidad presupuestaria.
Undécimo. Justificación.
1. A
 l igual que en la elaboración y desarrollo de los proyectos, la memoria final y su evaluación
contará con la colaboración del CPR y la supervisión final de éste y los informes que puedan
recabarse de la inspección educativa. La inspección educativa podrá participar activamente
en el proceso del desarrollo de los proyectos de formación en centros. En su valoración
previa, se primará la docencia colaborativa de la participación en el proyecto.
2. Antes del 5 de junio de 2023, la persona encargada de la coordinación del proyecto enviará al CPR de referencia, la memoria final del proyecto redactada conjuntamente con
la persona que ejerce las funciones de asesoría de formación permanente encargada del