Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022062644)
Resolución de 1 de septiembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes de la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Cáceres para la ejecución del Plan de Sostenibilidad Turística en Destino denominado "Cáceres 2025-Capital de las Culturas y del Turismo Verde Urbano", financiado por el "Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-financiado por la Unión Europea Next-GenerationEU".
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NÚMERO 174
44682
Viernes 9 de septiembre de 2022
En el Anexo I del presente convenio se recoge un cronograma con las actuaciones, calendario
de actuación y presupuesto desglosado del presente PSTD, adaptadas a la fecha de inicio del
convenio.
Las actuaciones financiadas con cargo a estos Fondos deberán cumplir los criterios de
elegibilidad, deben financiarse en plazo y ejecutarse conforme a la legislación medioambiental
nacional y europea pertinente. Además del cumplimiento de las obligaciones señaladas en la
cláusula Séptima.
Las actuaciones de este PSTD deben ser ejecutadas por la entidad local en el plazo de tres
años, en el período comprendido entre el 1 de mayo de 2022 y el 30 de abril de 2025. Con
carácter obligatorio, como mínimo, un 75% del presupuesto aprobado deberá estar ejecutado
antes de finalizar el cuarto trimestre de 2024 y la finalización de todas las actuaciones
contenidas en el PSTD deben haberse ejecutado antes del 30 de abril de 2025.
A modo de resumen, se establece el siguiente calendario de ejecución:
Cuadro ejecución actuaciones
por períodos temporales
Fechas
Porcentajes de
ejecución
ejecución
21/12/2022
10%
30/06/2023
30%
31/12/2023
45%
30/06/2024
60%
31/12/2024
75%
30/04/2025
100%
TOTAL
100%
Podrán variarse los porcentajes de ejecución reflejados en el anterior cuadro, por acuerdo
de las partes, mediante solicitud motivada y justificada por la entidad local, una vez sea
aprobado por la Comisión de Seguimiento (cláusula Décima), siempre y cuando se mantengan
inalterables los compromisos de ese 75%, como mínimo, antes de finalizar el cuarto trimestre
de 2024 y el 100% de ejecución del PSTD antes del 30 de abril de 2025.
Para considerar finalizada una actuación es necesario que todos los elementos constitutivos
de la misma estén finalizados. A estos efectos se exigirá el acta de recepción del contrato o el
44682
Viernes 9 de septiembre de 2022
En el Anexo I del presente convenio se recoge un cronograma con las actuaciones, calendario
de actuación y presupuesto desglosado del presente PSTD, adaptadas a la fecha de inicio del
convenio.
Las actuaciones financiadas con cargo a estos Fondos deberán cumplir los criterios de
elegibilidad, deben financiarse en plazo y ejecutarse conforme a la legislación medioambiental
nacional y europea pertinente. Además del cumplimiento de las obligaciones señaladas en la
cláusula Séptima.
Las actuaciones de este PSTD deben ser ejecutadas por la entidad local en el plazo de tres
años, en el período comprendido entre el 1 de mayo de 2022 y el 30 de abril de 2025. Con
carácter obligatorio, como mínimo, un 75% del presupuesto aprobado deberá estar ejecutado
antes de finalizar el cuarto trimestre de 2024 y la finalización de todas las actuaciones
contenidas en el PSTD deben haberse ejecutado antes del 30 de abril de 2025.
A modo de resumen, se establece el siguiente calendario de ejecución:
Cuadro ejecución actuaciones
por períodos temporales
Fechas
Porcentajes de
ejecución
ejecución
21/12/2022
10%
30/06/2023
30%
31/12/2023
45%
30/06/2024
60%
31/12/2024
75%
30/04/2025
100%
TOTAL
100%
Podrán variarse los porcentajes de ejecución reflejados en el anterior cuadro, por acuerdo
de las partes, mediante solicitud motivada y justificada por la entidad local, una vez sea
aprobado por la Comisión de Seguimiento (cláusula Décima), siempre y cuando se mantengan
inalterables los compromisos de ese 75%, como mínimo, antes de finalizar el cuarto trimestre
de 2024 y el 100% de ejecución del PSTD antes del 30 de abril de 2025.
Para considerar finalizada una actuación es necesario que todos los elementos constitutivos
de la misma estén finalizados. A estos efectos se exigirá el acta de recepción del contrato o el