Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022062605)
Resolución de 25 de agosto de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Reforma de Molino para Casa Rural", cuyo promotor es Antiqua Natura, SRL, en el término municipal de Villamiel. Expte.: IA21/1583.
26 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 171
Lunes 5 de septiembre de 2022

44349

— No se eliminará toda la vegetación del cauce y sus riberas, debiendo ceñirse la actuación
a la retirada selectiva de plantas herbáceas o arbustivas anuales que puedan impedir el
acceso al cauce o la realización de las obras.
— Para la eliminación o control de la vegetación no está permitido el uso de herbicidas
o cualquier otro tipo de sustancias químicas. Tampoco se permite la incorporación al
cauce de materiales, estructuras y sustancias distintos a los existentes.
— No se podrán llevar a cabo, en ningún caso, obras de movimientos de tierras que alteren
la sección del cauce o su configuración, como serían la retirada de sedimentos o su
distribución dentro del propio cauce.
— En este sentido, deberá mantenerse intacta la morfología del cauce, y no provocar
cambios en su lecho o en los taludes de sus riberas, no contemplándose por lo tanto ni
la apertura de caja ni el perfilado de taludes.
— Una vez finalizadas las actuaciones se deberá dejar el cauce en condiciones normales de
desagüe. En este sentido, la zona deberá quedar limpia de cualquier producto sobrante
de las mismas y los restos vegetales resultantes del desarrollo de los trabajos no se
abandonarán en el dominio público hidráulico o en la zona de policía de sus márgenes
(banda de 100 metros de ancho colindante con el cauce), debiendo retirarse para su
adecuada gestión.
Por otro lado, hay que tener en cuenta que un posible impacto sobre la hidrología puede
proceder de la remoción de los materiales durante las fases de construcción y su posterior
arrastre pluvial, provocando un incremento del aporte de sólidos a los cauces, por lo que se
deben tomar medidas necesarias para evitarlo.
Por último, señala una serie de medidas en lo que respecta a las captaciones de agua, en
cuanto a la seguridad de las mismas.
El Ayuntamiento de Villamiel indica desde el punto de vista técnico, que no se observan
alegaciones u observaciones sobre los posibles efectos significativos que sobre el medio
ambiente puede implicar la ejecución del proyecto.
El Agente del Medio Natural indica que recibida la documentación y visitada la parcela 47
del polígono 23, del municipio de Villamiel, los efectos de la actividad sobre el ser humano,
la fauna, la flora, el suelo, el agua, el aire, el clima, el paisaje, los bienes materiales y el
patrimonio cultural son mínimos. La parcela linda con el arroyo Los Lagares, por lo que se
insta a pedir informe al organismo de cuenca. Las actuaciones no afectan a especies de
flora o fauna catalogadas en el Decreto 37/2001, de 6 de marzo, por el que se regula el