Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022062598)
Resolución de 24 de agosto de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Junta de Extremadura y la Asociación sin ánimo de lucro Acción por el Mundo Salvaje (AMUS) para el desarrollo del proyecto "Injertos óseos en aves salvajes en el Centro de Recuperación de Fauna Salvaje". Anualidad 2022-2024. Expte.: 221803AMS001.
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NÚMERO 170
Viernes 2 de septiembre de 2022

44074

El IVA podrá ser subvencionable en el caso de que no sea recuperable, como así se establece en el
artículo 69.3c del Reglamento (EU) 1303/2013, de 17 de diciembre. Así, para la consideración del
I.V.A. como gasto subvencionable, la entidad beneficiaria deberá remitir certificado emitido por
la persona encargada de las funciones de Intervención/Secretaria de la entidad beneficiaria que
justifique que el I.V.A. no es susceptible de recuperación o compensación por parte del mismo.
No se subvencionarán los siguientes gastos:
— Gastos financieros, de asesoría jurídica o financiera, gastos notariales o registrales, gastos periciales y gastos de administración específicos, así como los de garantía bancaria.
Los gastos de protocolo (celebraciones de inauguración o clausura, obsequios o premios).
— Otros impuestos susceptibles de recuperación o compensación.
Cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías establecidas en la legislación
de Contratos del Sector público para el contrato menor, el beneficiario deberá solicitar como
mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contracción del compromiso para la obra, la prestación del servicio o la entrega del bien, salvo que por sus especiales características no exista en el mercado suficiente número de entidades que los realicen,
presten o suministren. La elección entre las ofertas presentadas, que deberán aportarse en la
justificación se realizará conforme a criterios de eficiencia y economía, debiendo justificarse
expresamente en una memoria la elección cuando no recaiga en la propuesta económica más
ventajosa. Sin la adecuada justificación en una oferta que no fuera la más favorable económicamente, el órgano concedente podrá recabar una tasación pericial contradictoria del bien o
servicio, siendo de cuenta del beneficiario los gastos ocasionados. En tal caso, la subvención
se calculará tomando como referencia el menor de los dos valores: el declarado por el beneficiario o el resultante de la tasación.
Octava. Régimen de justificación y pagos.
El pago de la subvención se realizará de la siguiente forma:
— Un primer pago correspondiente al 100% de las actuaciones previstas para 2022 (4.484,00
euros), una vez que el director técnico nombrado por la Consejería certifique que los trabajos correspondientes al 100% de esta anualidad han finalizado, se han ejecutado conforme al convenio y se han justificado los gastos y pagos relativos a este porcentaje.
— Un segundo pago correspondiente al 50% de las actuaciones previstas para 2023
(42.047,00 euros), una vez que el director técnico nombrado por la Consejería certifique
que los trabajos correspondientes al 50% de esta anualidad han finalizado, se han ejecutado conforme al convenio y se han justificado los gastos y pagos relativos a este porcentaje.