Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022062599)
Resolución de 24 de agosto de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes de la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Mérida para la ejecución del Plan de Sostenibilidad Turística en Destino denominado "Mérida Arqueológica, Natural e Inteligente", financiado por el "Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-financiado por la Unión Europea Next-GenerationEU".
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NÚMERO 170
Viernes 2 de septiembre de 2022
44115
una nueva actuación; así como la propuesta de ampliación del plazo de ejecución y justificación de algunas de las actuaciones, con las limitaciones de las fechas obligatorias
para la ejecución de aquéllas, es decir, el 31 de diciembre de 2024, ejecución del 75%
del PSTD y, 30 de abril de 2025, el 100% del mismo.
c) La Comisión de Seguimiento resolverá los problemas de interpretación y cumplimiento
que puedan plantearse durante la ejecución del convenio.
Por todo aquello no previsto expresamente en la presente Cláusula resultará de aplicación lo previsto en las normas del capítulo II, sección 3ª de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, para los órganos colegiados de las distintas Administraciones Públicas.
Duodécima. Modificación del convenio.
Cualquiera de las partes podrá proponer la modificación del convenio. La modificación del convenio se acordará a propuesta de la Comisión de Seguimiento, mediante la suscripción de una
adenda modificativa que requerirá el acuerdo unánime de los firmantes según lo dispuesto en
el artículo 49.g) de la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Decimotercera. Publicidad y difusión.
Para la difusión de las actuaciones previstas en el presente convenio, se incorporará el emblema oficial de PRTR. Deberá destacarse el origen de esta financiación y se velará por dar
visibilidad y derecho de uso de la misma, incluyéndose, cuando proceda, mediante el emblema de la Unión y una declaración de financiación adecuada que indique “financiado por la
Unión Europea-Next Generation EU”, particularmente, cuando promuevan las actuaciones y
sus resultados, facilitando información coherente, efectiva y proporcionada dirigida a múltiples destinatarios, incluidos los medios de comunicación y el público.
1. El Ayuntamiento de Mérida deberá cumplir con las siguientes obligaciones en materia de publicidad:
a) Las relativas a la financiación del Mecanismo, conforme con la normativa europea y nacional aplicable y, específicamente, con las del artículo 9 de la Orden HFP/1030/2021,
de 29 de septiembre.
b) En las medidas de información y comunicación de las actuaciones que desarrollan las inversiones (carteles informativos, placas, publicaciones impresas y electrónicas, material
audiovisual, páginas web, anuncios e inserciones en prensa, certificados, etc.), se deberán incluir los siguientes logos:
Viernes 2 de septiembre de 2022
44115
una nueva actuación; así como la propuesta de ampliación del plazo de ejecución y justificación de algunas de las actuaciones, con las limitaciones de las fechas obligatorias
para la ejecución de aquéllas, es decir, el 31 de diciembre de 2024, ejecución del 75%
del PSTD y, 30 de abril de 2025, el 100% del mismo.
c) La Comisión de Seguimiento resolverá los problemas de interpretación y cumplimiento
que puedan plantearse durante la ejecución del convenio.
Por todo aquello no previsto expresamente en la presente Cláusula resultará de aplicación lo previsto en las normas del capítulo II, sección 3ª de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, para los órganos colegiados de las distintas Administraciones Públicas.
Duodécima. Modificación del convenio.
Cualquiera de las partes podrá proponer la modificación del convenio. La modificación del convenio se acordará a propuesta de la Comisión de Seguimiento, mediante la suscripción de una
adenda modificativa que requerirá el acuerdo unánime de los firmantes según lo dispuesto en
el artículo 49.g) de la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Decimotercera. Publicidad y difusión.
Para la difusión de las actuaciones previstas en el presente convenio, se incorporará el emblema oficial de PRTR. Deberá destacarse el origen de esta financiación y se velará por dar
visibilidad y derecho de uso de la misma, incluyéndose, cuando proceda, mediante el emblema de la Unión y una declaración de financiación adecuada que indique “financiado por la
Unión Europea-Next Generation EU”, particularmente, cuando promuevan las actuaciones y
sus resultados, facilitando información coherente, efectiva y proporcionada dirigida a múltiples destinatarios, incluidos los medios de comunicación y el público.
1. El Ayuntamiento de Mérida deberá cumplir con las siguientes obligaciones en materia de publicidad:
a) Las relativas a la financiación del Mecanismo, conforme con la normativa europea y nacional aplicable y, específicamente, con las del artículo 9 de la Orden HFP/1030/2021,
de 29 de septiembre.
b) En las medidas de información y comunicación de las actuaciones que desarrollan las inversiones (carteles informativos, placas, publicaciones impresas y electrónicas, material
audiovisual, páginas web, anuncios e inserciones en prensa, certificados, etc.), se deberán incluir los siguientes logos: