Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022062599)
Resolución de 24 de agosto de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes de la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Mérida para la ejecución del Plan de Sostenibilidad Turística en Destino denominado "Mérida Arqueológica, Natural e Inteligente", financiado por el "Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-financiado por la Unión Europea Next-GenerationEU".
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NÚMERO 170
Viernes 2 de septiembre de 2022

44107

B. L
 a obligación de información y registro de la consecución de los correspondientes hitos y
objetivos en los términos previstos en el artículo 3 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de
septiembre; así como el resto de obligaciones establecidas en la Orden HFP/1031/2021,
de 29 de septiembre.
C. El cuidado de que los proyectos adjudicados sean ejecutados conforme a los requisitos
exigibles, solicitando al Ayuntamiento de Mérida la documentación e información necesaria, a efectos de realizar un adecuado seguimiento de la ejecución de los proyectos.
D. La responsabilidad de recopilar y valorar la documentación e información presentada
por los adjudicatarios o destinatarios finales, para comprobar la adecuación de los proyectos a las condiciones de financiación, así como de la elaboración, remisión de información, e incorporación de la documentación acreditativa que sea necesaria para justificar el cumplimiento de los hitos y objetivos establecidos, así como de la preparación
de la documentación acreditativa que se establezca en los mecanismos de verificación.
De la misma manera, deberá remitir al Ministerio de Industria, Comercio y Turismo,
cualesquiera informes adicionales que se soliciten, incluyendo la información necesaria para justificación de las actuaciones. Y cumplir con cualquier requerimiento que se
apruebe con carácter general para la ejecución y cumplimiento del Plan, incluyendo la
posibilidad de realizar auditorías externas.
Finalmente, deberá cumplir la administración autonómica con las obligaciones específicas, aclaraciones o condiciones adicionales de información que por la Secretaría de
Estado de Turismo se requiera, especialmente respecto a la disponibilidad de la misma
a través de medios digitales.
E. El registro en el sistema informático del PRTR, de forma continuada, del progreso de los
indicadores de los hitos y objetivos, una vez facilitada la información por la entidad local,
-como se ha puesto de manifiesto más arriba-, para cumplir con la obligación de informar
y transmitir estos datos al Ministerio antes del día 10 de cada mes por parte de la administración autonómica. Estos datos estarán referidos al último día de cada mes de referencia.
Una vez registrado en el sistema informático el cumplimiento de un hito crítico o no crítico, se generará un Certificado de Cumplimiento que deberá ser firmado por el órgano
gestor de la entidad ejecutora local, que tenga atribuida dichas funciones.
F. La formalización del Informe de Gestión, conforme al artículo 12 de la citada Orden
HFP/1031/2021, con referencia a las fechas 30 de junio y 31 de diciembre de cada anualidad.