Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Deportes. Ayudas. (2022062594)
Resolución de 22 de agosto de 2022, de la Secretaría General, por la que se efectúa la convocatoria para la concesión, por la Fundación Jóvenes y Deporte, de las ayudas "MUJEREXT" para la formación de mujeres extremeñas en el ámbito del deporte correspondiente al año 2022.
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NÚMERO 169

43931

Jueves 1 de septiembre de 2022

FORMACIÓN
Formación Federativa de Árbitras, Juezas,

CUANTÍA ECONÓMICA
75% del importe a abonar o abonado en concepto

Oficiales o análogas, en el ámbito del Deporte, de de primera matrícula, hasta una cuantía máxima
carácter Autonómico, Nacional y/o Internacional
Cursos universitarios de especialización (Máster
o Doctorados) relacionados con la gestión, el
entrenamiento o la investigación en su dimensión
deportiva

de 250,00 euros.
25% del importe a abonar o abonado en concepto
de primera matrícula, hasta una cuantía máxima
de 250,00 euros.

3. Las cuantías económicas a otorgar en cualquiera de las líneas de ayudas estipuladas en la
presente convocatoria se calcularán teniendo en cuenta únicamente:
a. La primera matriculación realizada en la actividad formativa/curso en cuestión, en el
caso de matriculación completa; o bien en los créditos/asignaturas en los que la solicitante se matricule por primera vez, en el caso de matriculación parcial, no siendo objeto
de estas ayudas las segundas y sucesivas matriculaciones.
b. La cuantía a abonar o abonada a la entidad promotora de la formación deportiva en
concepto de matrícula, exceptuando aquellos casos en los que por regulación, normativa o condiciones de la propia acción formativa se deban abonar conjuntamente y de
manera obligatoria junto con la primera matrícula otras tasas derivadas de la formación
tales como preinscripción, expedición de la titulación, material educativo y/o deportivo,
seguros, etc., computando en estos casos la cuantía total abonada.
4. En el caso de que las titulaciones contempladas en la presente convocatoria estén formadas por varios cursos, las cuantías económicas estipuladas en el actual resuelvo tercero se
corresponderán con el importe a abonar o abonado en concepto de primera matrícula en
cada uno de los cursos que las conforman, teniendo en cuenta que solo se podrá conceder
una ayuda por cada solicitante en el marco de esta convocatoria, independientemente del
número de solicitudes presentadas.
5. L
 as ayudas objeto de esta convocatoria se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 657/520/002 - “Becas para la Formación de Mujeres en el ámbito de la AFD” que figura en los Presupuestos de la Fundación Jóvenes y Deporte para el año 2022, por importe
de 15.000,00 euros.
6. Podrán concederse ayudas hasta que se agote totalmente la dotación prevista inicialmente
en esta convocatoria y ejercicio económico o la que, en su caso, haya sido ampliada, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 29.3 de la Ley de Subvenciones de la CAEX.