Ayuntamiento De Villanueva De La Serena. Urbanismo. (2022081406)
Anuncio de 11 de agosto de 2022 sobre programa de ejecución para la transformación urbanizadora del sector de suelo urbanizable con ordenación detallada Se 2.5 (O), "Ronda Sur I".
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NÚMERO 169
Jueves 1 de septiembre de 2022
44058
Administraciones Públicas, ponen fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso
contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-administrativo de Mérida
(Badajoz), en el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente a la publicación del
presente anuncio en el Diario Oficial de Extremadura y en la sede electrónica municipal, según
lo dispuesto en los artículos 8.1, 14 y 46 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-administrativa.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 112 y 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con carácter previo
y potestativamente, podrá interponerse recurso de reposición ante el alcalde, en el plazo de
un mes, contado a partir del día siguiente a la publicación referida en el párrafo anterior.
En el supuesto previsto en el párrafo anterior, el plazo para interponer el recurso contenciosoadministrativo se contará desde el día siguiente a aquél en que se notifique la resolución
expresa del recurso potestativo de reposición o en que este deba entenderse presuntamente
desestimado, efecto que se produce cuando no se dicta y notifica la resolución del recurso en
el plazo máximo de un mes desde su interposición.
Villanueva de la Serena, 11 de agosto de 2022. El Alcalde en funciones, LUIS SOLÍS VILLA.
Jueves 1 de septiembre de 2022
44058
Administraciones Públicas, ponen fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso
contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-administrativo de Mérida
(Badajoz), en el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente a la publicación del
presente anuncio en el Diario Oficial de Extremadura y en la sede electrónica municipal, según
lo dispuesto en los artículos 8.1, 14 y 46 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-administrativa.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 112 y 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con carácter previo
y potestativamente, podrá interponerse recurso de reposición ante el alcalde, en el plazo de
un mes, contado a partir del día siguiente a la publicación referida en el párrafo anterior.
En el supuesto previsto en el párrafo anterior, el plazo para interponer el recurso contenciosoadministrativo se contará desde el día siguiente a aquél en que se notifique la resolución
expresa del recurso potestativo de reposición o en que este deba entenderse presuntamente
desestimado, efecto que se produce cuando no se dicta y notifica la resolución del recurso en
el plazo máximo de un mes desde su interposición.
Villanueva de la Serena, 11 de agosto de 2022. El Alcalde en funciones, LUIS SOLÍS VILLA.