Servicio Extremeño De Salud. Sentencias. Ejecución. (2022062589)
Resolución de 19 de agosto de 2022, de la Dirección Gerencia, por la que se dispone la ejecución de la sentencia n.º 88/2022, de 26 de mayo, del Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 1 de Cáceres, dictada en el procedimiento abreviado n.º 132/2021.
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NÚMERO 168

43891

Miércoles 31 de agosto de 2022

“...Que estimando el recurso contencioso administrativo interpuesto por Dª. Mercedes Bohoyo Téllez debo anular la resolución recurrida, debiendo la Administración conceder a la
hoy recurrente, dentro del apartado de experiencia profesional, 13,14 puntos, con todos los
efectos que resulten de esa puntuación, con expresa imposición de costas a la Administración
demandada...”.
Segundo. Otorgar a Dña. Mercedes Bohoyo Téllez en cumplimiento de lo dispuesto en el fallo
de la sentencia firme n.º 88/2022, de 26 de mayo de 2022, del Juzgado de lo Contenciosoadministrativo n.º 1 de Cáceres, una puntuación de 13,14 puntos en el apartado de experiencia
profesional del baremo de méritos.
En base a lo anterior y teniendo en cuenta la actualización de la valoración de los méritos realizada
por el Tribunal de Selección a la vista de la nueva puntuación en el apartado de experiencia profesional, la interesada obtiene un total de 19,470 puntos en la fase de concurso, que unidos a los 78
puntos otorgados en la fase de oposición suman un total de 97,470 puntos en el proceso selectivo.
Tercero. Modificar la puntuación obtenida por Dña. Mercedes Bohoyo Téllez en la relación definitiva de aprobados en el proceso selectivo convocado por Resoluciones de fecha 18 de septiembre
de 2017 y 23 de febrero de 2018, para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la
categoría de Técnico Medio Sanitario de Cuidados Auxiliares de Enfermería, pasando de la posición
314 con 92,870 puntos, en la que obtuvo plaza, a la posición 157 con 97,470 puntos, y en consecuencia, llevar a cabo los trámites necesarios para la adjudicación del destino que le corresponde
en atención a su nuevo orden de prelación en la relación definitiva de aprobados del proceso selectivo, dando así cumplimiento al fallo de la sentencia.
Cuarto. Disponer en base a lo dispuesto en el artículo 51 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la conservación de los
actos y trámites que no resulten afectados por la presente resolución.
Quinto. En relación con las cuestiones que se deriven de la presente resolución, podrán los
interesados promover el incidente que, en relación con la ejecución de sentencias se previene
en el artículo 109 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosoadministrativa.
Mérida, 19 de agosto de 2022.
El Director Gerente del Servicio
Extremeño de Salud,
CECILIANO FRANCO RUBIO

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