Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Cámaras Oficiales De Comercio, Industria Y Servicios. (2022050149)
Orden de 22 de agosto de 2022 por la que se aprueba el Reglamento de régimen interior de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Cáceres.
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NÚMERO 168
Miércoles 31 de agosto de 2022
43825
de reconocido prestigio en la vida económica de Extremadura dentro de la circunscripción de
cada Cámara, a propuesta de las organizaciones empresariales intersectoriales y territoriales
más representativas.
En virtud del Acuerdo, se llevó a cabo la modificación de la Ley 3/2018, a través del Decretoley 5/2021, de 9 de junio, por el que se regulan y establecen ayudas directas a autónomos
y empresas, financiadas por el Gobierno de España; se establecen las bases reguladoras de
ayudas urgentes en el marco del desarrollo del Plan Corresponsables; se modifica el Decretoley 9/2020, de 8 de mayo, por el que se aprueba una subvención para refuerzo del sistema
de garantías de Extremadura, se establecen ayudas financieras a autónomos y empresas,
y se adoptan medidas en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas y de
patrimonio histórico y cultural, para afrontar los efectos negativos del COVID-19 y se modifica
la Ley 3/2018, de 21 de febrero, de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de
Extremadura.
Posteriormente, mediante la Ley 1/2022, de 8 de marzo, se ha modificado el apartado uno del
artículo 43 del Decreto-ley 5/2021, de 9 de junio, por el que se regulan y establecen ayudas
directas a autónomos y empresas, financiadas por el Gobierno de España; se establecen las
bases reguladoras de ayudas urgentes en el marco del desarrollo del Plan Corresponsables;
se modifica el Decreto-ley 9/2020, de 8 de mayo, por el que se aprueba una subvención
para refuerzo del sistema de garantías de Extremadura, se establecen ayudas financieras
a autónomos y empresas, y se adoptan medidas en materia de espectáculos públicos y
actividades recreativas y de patrimonio histórico y cultural, para afrontar los efectos negativos
del Covid-19 y se modifica la Ley 3/2018, de 21 de febrero, de Cámaras Oficiales de Comercio,
Industria y Servicios de Extremadura, dando una nueva redacción al artículo 15.1 de la ley
3/2018, relativo a la composición del Pleno de las Cámaras de Comercio, conllevando una
modificación del número de vocalías.
La Ley 3/2018, de 21 de febrero, establecía en su capítulo II el régimen aplicable al proceso
electoral para la renovación del Pleno de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y
Servicios de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que colisionaba en algunos aspectos
con el Decreto 23/2002, de 11 de marzo, por el que se regula el régimen electoral para la
renovación del Pleno de las Cámaras Oficiales de Comercio e Industria de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, lo que requirió establecer en la propia ley un régimen transitorio
aplicable a los procesos electorales que se celebrasen hasta en tanto no se aprobase el
reglamento de desarrollo de la misma.
Una vez aprobada la modificación exigida y antes de la convocatoria de nuevas elecciones para
la renovación del Pleno de las Cámaras de Comercio, Industria y Servicios de Extremadura,
se ha aprobado el Decreto 96/2022, 20 de julio, que regula el procedimiento electoral para la
Miércoles 31 de agosto de 2022
43825
de reconocido prestigio en la vida económica de Extremadura dentro de la circunscripción de
cada Cámara, a propuesta de las organizaciones empresariales intersectoriales y territoriales
más representativas.
En virtud del Acuerdo, se llevó a cabo la modificación de la Ley 3/2018, a través del Decretoley 5/2021, de 9 de junio, por el que se regulan y establecen ayudas directas a autónomos
y empresas, financiadas por el Gobierno de España; se establecen las bases reguladoras de
ayudas urgentes en el marco del desarrollo del Plan Corresponsables; se modifica el Decretoley 9/2020, de 8 de mayo, por el que se aprueba una subvención para refuerzo del sistema
de garantías de Extremadura, se establecen ayudas financieras a autónomos y empresas,
y se adoptan medidas en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas y de
patrimonio histórico y cultural, para afrontar los efectos negativos del COVID-19 y se modifica
la Ley 3/2018, de 21 de febrero, de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de
Extremadura.
Posteriormente, mediante la Ley 1/2022, de 8 de marzo, se ha modificado el apartado uno del
artículo 43 del Decreto-ley 5/2021, de 9 de junio, por el que se regulan y establecen ayudas
directas a autónomos y empresas, financiadas por el Gobierno de España; se establecen las
bases reguladoras de ayudas urgentes en el marco del desarrollo del Plan Corresponsables;
se modifica el Decreto-ley 9/2020, de 8 de mayo, por el que se aprueba una subvención
para refuerzo del sistema de garantías de Extremadura, se establecen ayudas financieras
a autónomos y empresas, y se adoptan medidas en materia de espectáculos públicos y
actividades recreativas y de patrimonio histórico y cultural, para afrontar los efectos negativos
del Covid-19 y se modifica la Ley 3/2018, de 21 de febrero, de Cámaras Oficiales de Comercio,
Industria y Servicios de Extremadura, dando una nueva redacción al artículo 15.1 de la ley
3/2018, relativo a la composición del Pleno de las Cámaras de Comercio, conllevando una
modificación del número de vocalías.
La Ley 3/2018, de 21 de febrero, establecía en su capítulo II el régimen aplicable al proceso
electoral para la renovación del Pleno de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y
Servicios de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que colisionaba en algunos aspectos
con el Decreto 23/2002, de 11 de marzo, por el que se regula el régimen electoral para la
renovación del Pleno de las Cámaras Oficiales de Comercio e Industria de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, lo que requirió establecer en la propia ley un régimen transitorio
aplicable a los procesos electorales que se celebrasen hasta en tanto no se aprobase el
reglamento de desarrollo de la misma.
Una vez aprobada la modificación exigida y antes de la convocatoria de nuevas elecciones para
la renovación del Pleno de las Cámaras de Comercio, Industria y Servicios de Extremadura,
se ha aprobado el Decreto 96/2022, 20 de julio, que regula el procedimiento electoral para la