Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022062548)
Resolución de 12 de agosto de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental de sometimiento a evaluación de impacto ambiental ordinaria del proyecto de "Plantación de pistachos y puesta en riego en una superficie de 44,86 hectáreas", cuyo promotor es Agrícola Ventomin, SL. Expte.: IA20/0878.
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NÚMERO 166
Lunes 29 de agosto de 2022
43575
en base a lo expuesto anteriormente, informar desfavorablemente dicho proyecto, y que
a modo de medida cautelar, intentará averiguar que posibles afecciones sobre bienes relacionados con el patrimonio cultural de Extremadura han podido tener las actuaciones ya
realizadas, y evitar que se produzcan otro daños a este tipo de bienes por las futuras obra
que hayan de ejecutarse de este proyecto.
— El Servicio de Prevención y Extinción de Incendios Forestales informa que los recintos
objeto del proyecto no están afectados por incendio forestal según el registro de Áreas
Incendiadas de dicho Servicio, ni aparece ninguna coordenada de incendio en la base de
datos de la Estadística General de Incendios forestales. Este Servicio informa también
que las parcelas del proyecto se encuentran en Zona de Alto Riesgo (ZAR) Sierras Centrales de Badajoz, señalando que en caso de verse afectadas por la actuación (directa
o indirectamente) las redes de defensa diseñadas en dicha ZAR, se deberán restituir a
estado original.
También se indica en dicho informe que en el caso de disponer la finca de Plan Preifex
y precisar de éste, deberá aportarse para su aprobación ante el Servicio de Prevención
y Extinción de Incendios Forestales. En el caso de disponer del mismo, la totalidad de
las actuaciones deberán ser compatibles con el citado plan de prevención.
Igualmente se señala en este informe que deberán cumplirse las medidas de autoprotección en lugares vulnerables.
Por último, el informe señala que deberán cumplirse la totalidad de la normativa, tanto
la referida a la prevención Plan Preifex, como la referida a la lucha y extinción de incendios forestales en la Comunidad autónoma de Extremadura.
— El Servicio de Ordenación del Territorio emite informe en el que señalan que no se detecta afección sobre ningún Plan Territorial ni Proyecto de Interés Regional con aprobación
definitiva por la Ley 15/2001, de 14 de diciembre, del suelo y Ordenación de Territorial
de Extremadura, y modificaciones posteriores (derogada por la Ley 11/2018, de 21
de diciembre). Asimismo señala que no detecta afección sobre ningún instrumento de
ordenación territorial de desarrollo (Plan de Suelo Rústico; Plan especial de Ordenación del Territorio) ni de intervención directa (proyecto de Interés Regional) de la Ley
11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura, en vigor desde el 27 de junio de 2019.
— El Ayuntamiento de Campanario informa que las Normas Subsidiarias de planeamiento
de la localidad no hablan de cambios de cultivo, y que los mismos no afectan a materias
de carácter urbanístico alguno. Asimismo certifican que no se han recibido en el Ayuntamiento alegación alguna al citado proyecto, tras su exposición pública en el Tablón de
Lunes 29 de agosto de 2022
43575
en base a lo expuesto anteriormente, informar desfavorablemente dicho proyecto, y que
a modo de medida cautelar, intentará averiguar que posibles afecciones sobre bienes relacionados con el patrimonio cultural de Extremadura han podido tener las actuaciones ya
realizadas, y evitar que se produzcan otro daños a este tipo de bienes por las futuras obra
que hayan de ejecutarse de este proyecto.
— El Servicio de Prevención y Extinción de Incendios Forestales informa que los recintos
objeto del proyecto no están afectados por incendio forestal según el registro de Áreas
Incendiadas de dicho Servicio, ni aparece ninguna coordenada de incendio en la base de
datos de la Estadística General de Incendios forestales. Este Servicio informa también
que las parcelas del proyecto se encuentran en Zona de Alto Riesgo (ZAR) Sierras Centrales de Badajoz, señalando que en caso de verse afectadas por la actuación (directa
o indirectamente) las redes de defensa diseñadas en dicha ZAR, se deberán restituir a
estado original.
También se indica en dicho informe que en el caso de disponer la finca de Plan Preifex
y precisar de éste, deberá aportarse para su aprobación ante el Servicio de Prevención
y Extinción de Incendios Forestales. En el caso de disponer del mismo, la totalidad de
las actuaciones deberán ser compatibles con el citado plan de prevención.
Igualmente se señala en este informe que deberán cumplirse las medidas de autoprotección en lugares vulnerables.
Por último, el informe señala que deberán cumplirse la totalidad de la normativa, tanto
la referida a la prevención Plan Preifex, como la referida a la lucha y extinción de incendios forestales en la Comunidad autónoma de Extremadura.
— El Servicio de Ordenación del Territorio emite informe en el que señalan que no se detecta afección sobre ningún Plan Territorial ni Proyecto de Interés Regional con aprobación
definitiva por la Ley 15/2001, de 14 de diciembre, del suelo y Ordenación de Territorial
de Extremadura, y modificaciones posteriores (derogada por la Ley 11/2018, de 21
de diciembre). Asimismo señala que no detecta afección sobre ningún instrumento de
ordenación territorial de desarrollo (Plan de Suelo Rústico; Plan especial de Ordenación del Territorio) ni de intervención directa (proyecto de Interés Regional) de la Ley
11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura, en vigor desde el 27 de junio de 2019.
— El Ayuntamiento de Campanario informa que las Normas Subsidiarias de planeamiento
de la localidad no hablan de cambios de cultivo, y que los mismos no afectan a materias
de carácter urbanístico alguno. Asimismo certifican que no se han recibido en el Ayuntamiento alegación alguna al citado proyecto, tras su exposición pública en el Tablón de