Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2022062541)
Resolución de 9 de agosto de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, sobre el procedimiento de autorización ambiental unificada para el proyecto de instalación para la gestión y valorización de residuos de PET posconsumo y transformación en escama de PET, promovido por GRPET SL, en el término municipal de Lobón.
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NÚMERO 165
Viernes 26 de agosto de 2022

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y recoger toda la información necesaria para el desempeño de su función de control y
seguimiento del cumplimiento del condicionado establecido.
Residuos gestionados.
5. El titular de la instalación deberá mantener actualizado un archivo físico donde se recojan,
por orden cronológico, las operaciones de recogida, almacenamiento y tratamiento de
residuos que lleve a cabo, en el que figuren, al menos, los siguientes datos:
a) Fecha de recepción de los residuos recogidos.
b) 
Cantidad de residuos recogidos, por tipos de residuos, incluyendo el código de
identificación de los residuos (código LER) y la naturaleza de los mismos.
c) Poseedor en origen, transportista y medio de transporte de los residuos recogidos.
d) Operación de tratamiento y destino del residuo resultante.
6. Por otra parte, el titular de la instalación deberá mantener el archivo cronológico previsto
en el artículo 64 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para
una economía circular.
7. De conformidad con el artículo 65 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos
contaminados para una economía circular, el titular de la instalación deberá presentar, con
una frecuencia anual y antes del 1 de marzo de cada año, una memoria resumen de la
información contenida en el archivo cronológico de las actividades de gestión de residuos
del año anterior, con el contenido que figura en el anexo XV de la Ley 7/2022, de 8 de abril.
Residuos producidos:
8. De conformidad con el artículo 64 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos
contaminados para una economía circular, el titular de la instalación industrial dispondrá
de un archivo electrónico donde se recoja por orden cronológico la cantidad, naturaleza,
origen y destino de los residuos producidos; cuando proceda se inscribirá también, el
medio de transporte y la frecuencia de recogida. En el archivo cronológico se incorporará
la información contenida en la acreditación documental de las operaciones de producción y
gestión de residuos. Se guardará la información archivada durante, al menos, cinco años.
9. En su caso, antes de dar traslado de los residuos peligrosos a una instalación para su
valorización o eliminación deberá presentar una notificación previa a la autoridad
competente de la comunidad autónoma de origen, que la remitirá a la autoridad competente