Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022062543)
Resolución de 11 de agosto de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, sobre modificación del proyecto de instalación solar fotovoltaica "Tierra de Badajoz", e infraestructura de evacuación en el término municipal de Badajoz. Expte.: IA20/0155.
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NÚMERO 165
Viernes 26 de agosto de 2022

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dos meses desde la finalización de la misma y, en cualquier caso, antes de la declaración de la época de peligro alto de incendios. Se desaconseja la quema como método
de eliminación, no obstante, cualquiera que sea el método elegido, deberá cumplir la
normativa vigente en materia de incendios.


6. Se cumplirán las medidas establecidas en el artículo 35 c) del Decreto 52/2010, de
5 de marzo, por el que se aprueba el Plan de Lucha contra Incendios Forestales de
la Comunidad Autónoma de Extremadura (Plan Infoex), durante la época de peligro
alto y medio, en la ejecución de trabajos forestales que puedan dar lugar a incendios
forestales.



7. De igual manera, se tendrá en cuenta el artículo 31 del Decreto 260/2014, de 2 de
diciembre por el que se regula la Prevención de los Incendios Forestales en la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como cualquier normativa que en desarrollo
de las anteriores, limite o prohíba las actividades en el monte. En concreto podrá
ordenarse la paralización de los trabajos, conforme a lo establecido en el artículo 24
del decreto 134/2019 de 3 de septiembre de 2029.

— El Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas de la Dirección General
de Sostenibilidad emite informe con fecha 19 de julio de 2022, en el cual informa que,
los cambios introducidos no son susceptibles de afectar el sentido del informe ambiental
del proyecto original emitido el 17 de diciembre de 2021, con número de expediente
CN/20/4115/28.
Quinto. Una vez analizada la documentación obrante en el expediente administrativo, y considerando el contenido de los informes recibido, se realiza el siguiente análisis para determinar la necesidad de sometimiento de la modificación del proyecto al procedimiento de
evaluación de impacto ambiental ordinaria previsto en la subsección 1ª, sección 2ª, capítulo
VII del título I de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
a) Contenido de la modificación.
Las modificaciones introducidas en el proyecto son relativas al acceso a la instalación y
a la adecuación del trazado de la línea de evacuación, como se detalla a continuación:


— Modificación del acceso.

El nuevo acceso se ejecutará desde la carretera provincial (BA-022) Badajoz a Villalba
de los Barros. Todos los terrenos que se verán afectados, tanto para la construcción
del acceso en la BA-022 como la del futuro vial de entrada a la planta fotovoltaica