Presidencia De La Junta. Funcionarios De Administración Local. (2022062534)
Resolución de 10 de agosto de 2022, de la Dirección General de Administración Local, por la que se clasifica el puesto de Secretaría, reservado a funcionarios de la Escala de Administración Local con habilitación de carácter nacional, en la Mancomunidad Integral de municipios "Comarca de Olivenza".
6 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 162
Martes 23 de agosto de 2022

40930

de Carácter Nacional, no pudiendo dotar presupuestariamente una plaza propia reservada a
tales funcionarios.
Quinto. El Servicio de Régimen Jurídico de Administración Local informa favorablemente el
expediente de exención del puesto de Secretaría en la Mancomunidad, con base a los razonamientos que obran en el mismo.
FUNDAMENTOS JURÍDICOS:
Primero. La Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, establece
en sus artículos 92 y 92.bis el régimen jurídico para el personal funcionario perteneciente a la
Escala de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, correspondiendo al Gobierno estatal regular mediante Real Decreto las especialidades y régimen
jurídico en general aplicable a los funcionarios perteneciente a dicha Escala.
El artículo 92.bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, califica como funciones públicas necesarias
en todas las Corporaciones locales, cuya responsabilidad administrativa está reservada a
funcionarios de la Escala de Administración Local con habilitación de carácter nacional, la de
secretaría, de control y fiscalización interna de la gestión económico-financiera y presupuestaria, y de contabilidad, tesorería y recaudación.
De conformidad con el apartado cuarto del citado artículo 92.bis, el Gobierno mediante real
decreto regulará las especialidades de la creación, clasificación y supresión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional,
así como las que puedan corresponder a su régimen disciplinario y de situaciones administrativas.
Segundo. La Ley 17/2010, de 22 de diciembre, de mancomunidades y entidades locales de
Extremadura, reserva el ejercicio de las funciones públicas necesarias de fe pública, asesoramiento legal preceptivo y control de la gestión económica-financiera a funcionarios de la
Escala de habilitación nacional, y prevé también la posibilidad de que el puesto de Secretaría
pueda ser eximido de la obligación de mantenerse como puesto independiente cuando su
volumen de servicios o recursos no sea suficiente para ello, mediante acuerdo del órgano
competente de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Tercero. El Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico
de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, atribuye a
las Comunidades Autónomas, en su respectivo ámbito territorial, la competencia para clasificar los puestos reservados a esta clase de funcionarios, así como la anotación referente a la
clasificación de los mismos en el Registro Integrado de funcionarios de Administración Local
con habilitación nacional.