Consejería De Educación Y Empleo. Enseñanzas Deportivas. (2022062522)
Resolución de 10 de agosto de 2022, de la Secretaría General de Educación, por la que se convocan las pruebas de madurez y de carácter específico para el acceso a las enseñanzas deportivas de régimen especial y a las formaciones deportivas en periodo transitorio, para el curso 2022/2023.
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 161
40858
Lunes 22 de agosto de 2022
2. Los aspirantes que reúnan los requisitos referidos en los apartados 3, 4 y 5 del artículo 3 de
la Orden de 24 de agosto de 2016 realizarán las pruebas de acceso específicas (si procede
en cada caso) durante la segunda quincena del mes de septiembre, en lugar, día y hora que
la Comisión Evaluadora determine y haga públicos con suficiente antelación en la página
web y el tablón de anuncios del citado centro educativo.
Séptimo. Estructura de las pruebas.
La estructura de las pruebas de acceso y los criterios de evaluación se adecuarán a lo dispuesto en el artículo 8 de la Orden de 24 de agosto de 2016.
Octavo. Recursos.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
recurso de alzada ante la Consejera de Educación y Empleo en el plazo de un mes contado
desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, de conformidad
con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Todo ello, sin perjuicio de que la persona
interesada pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.
Mérida, 10 de agosto de 2022.
El Secretario General de Educación.
PS, Resolución de 5 de agosto de 2019,
DOE n.º 153, de 8 de agosto,
El Director General de Formación
Profesional y Formación para el Empleo,
MANUEL GÓMEZ PAREJO
40858
Lunes 22 de agosto de 2022
2. Los aspirantes que reúnan los requisitos referidos en los apartados 3, 4 y 5 del artículo 3 de
la Orden de 24 de agosto de 2016 realizarán las pruebas de acceso específicas (si procede
en cada caso) durante la segunda quincena del mes de septiembre, en lugar, día y hora que
la Comisión Evaluadora determine y haga públicos con suficiente antelación en la página
web y el tablón de anuncios del citado centro educativo.
Séptimo. Estructura de las pruebas.
La estructura de las pruebas de acceso y los criterios de evaluación se adecuarán a lo dispuesto en el artículo 8 de la Orden de 24 de agosto de 2016.
Octavo. Recursos.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
recurso de alzada ante la Consejera de Educación y Empleo en el plazo de un mes contado
desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, de conformidad
con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Todo ello, sin perjuicio de que la persona
interesada pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.
Mérida, 10 de agosto de 2022.
El Secretario General de Educación.
PS, Resolución de 5 de agosto de 2019,
DOE n.º 153, de 8 de agosto,
El Director General de Formación
Profesional y Formación para el Empleo,
MANUEL GÓMEZ PAREJO