Consejería De Educación Y Empleo. Enseñanzas Deportivas. (2022062522)
Resolución de 10 de agosto de 2022, de la Secretaría General de Educación, por la que se convocan las pruebas de madurez y de carácter específico para el acceso a las enseñanzas deportivas de régimen especial y a las formaciones deportivas en periodo transitorio, para el curso 2022/2023.
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NÚMERO 161
Lunes 22 de agosto de 2022
40857
a) Una Comisión Evaluadora de la prueba de madurez para el acceso del alumnado que no
cumpla los requisitos académicos, integrada por los siguientes miembros:
1.º Presidencia, que recaerá en un Inspector o una Inspectora de Educación.
2.º Tres vocales, al menos, pertenecientes a los cuerpos de catedráticos de enseñanza
secundaria y profesorado de enseñanza secundaria que impartan docencia en centros
públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura y estén integrados en los departamentos didácticos con atribución docente en las materias incluidas en las pruebas.
Actuará como secretario/a el/la vocal de menor edad.
b) Una Comisión Evaluadora, por cada modalidad/especialidad deportiva, para la prueba
específica de acceso, cuando el número mínimo de solicitudes por modalidad sea de 10,
y que estará integrada por los siguientes miembros:
1.º Presidencia, que recaerá en un Inspector o una Inspectora de Educación.
2.º Vocales: profesorado de centros educativos públicos o privados autorizados en los
que se impartan enseñanzas deportivas de régimen especial, cuyo número y titulación habrán de adecuarse a lo establecido en los correspondientes reales decretos
por los que se establecen los títulos y las enseñanzas mínimas correspondientes a
cada especialidad o modalidad deportiva.
Actuará como secretario/a el/la vocal de menor edad.
2. Los nombramientos de los miembros de las Comisiones de Evaluación deberán ser publicados en la página web y el tablón de anuncios del IES Al-Qázeres de Cáceres, con carácter
previo a la celebración de las pruebas. La presidencia de cada Comisión de Evaluación podrá designar asesores si fueran precisos para garantizar la correcta elaboración, aplicación,
corrección y evaluación de las pruebas.
3. Las Comisiones de Evaluación, como órganos colegiados, se regirán por lo establecido en
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Sexto. Fecha y lugar de realización de las pruebas.
1. Los aspirantes que no reúnan los requisitos académicos referidos en los apartados 1 y 2
del artículo 2 de la Orden de 24 de agosto de 2016 realizarán las pruebas de madurez en el
IES Al-Qázeres de Cáceres, durante la primera quincena del mes de septiembre, en el día
y hora que la Comisión Evaluadora determine y haga públicos con suficiente antelación en
la página web y el tablón de anuncios del citado centro educativo.
Lunes 22 de agosto de 2022
40857
a) Una Comisión Evaluadora de la prueba de madurez para el acceso del alumnado que no
cumpla los requisitos académicos, integrada por los siguientes miembros:
1.º Presidencia, que recaerá en un Inspector o una Inspectora de Educación.
2.º Tres vocales, al menos, pertenecientes a los cuerpos de catedráticos de enseñanza
secundaria y profesorado de enseñanza secundaria que impartan docencia en centros
públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura y estén integrados en los departamentos didácticos con atribución docente en las materias incluidas en las pruebas.
Actuará como secretario/a el/la vocal de menor edad.
b) Una Comisión Evaluadora, por cada modalidad/especialidad deportiva, para la prueba
específica de acceso, cuando el número mínimo de solicitudes por modalidad sea de 10,
y que estará integrada por los siguientes miembros:
1.º Presidencia, que recaerá en un Inspector o una Inspectora de Educación.
2.º Vocales: profesorado de centros educativos públicos o privados autorizados en los
que se impartan enseñanzas deportivas de régimen especial, cuyo número y titulación habrán de adecuarse a lo establecido en los correspondientes reales decretos
por los que se establecen los títulos y las enseñanzas mínimas correspondientes a
cada especialidad o modalidad deportiva.
Actuará como secretario/a el/la vocal de menor edad.
2. Los nombramientos de los miembros de las Comisiones de Evaluación deberán ser publicados en la página web y el tablón de anuncios del IES Al-Qázeres de Cáceres, con carácter
previo a la celebración de las pruebas. La presidencia de cada Comisión de Evaluación podrá designar asesores si fueran precisos para garantizar la correcta elaboración, aplicación,
corrección y evaluación de las pruebas.
3. Las Comisiones de Evaluación, como órganos colegiados, se regirán por lo establecido en
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Sexto. Fecha y lugar de realización de las pruebas.
1. Los aspirantes que no reúnan los requisitos académicos referidos en los apartados 1 y 2
del artículo 2 de la Orden de 24 de agosto de 2016 realizarán las pruebas de madurez en el
IES Al-Qázeres de Cáceres, durante la primera quincena del mes de septiembre, en el día
y hora que la Comisión Evaluadora determine y haga públicos con suficiente antelación en
la página web y el tablón de anuncios del citado centro educativo.