Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2022062512)
Resolución de 1 de agosto de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga modificación sustancial de la autorización ambiental unificada a la industria alimentaria de SC Colonos de Gévora, del término municipal de Badajoz.
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NÚMERO 161
Lunes 22 de agosto de 2022
40873
6. Se realizarán las oportunas operaciones de mantenimiento en la caldera (limpiezas periódicas del quemador, limpiezas periódicas de la chimenea de evacuación de gases...), con
objeto de que se evite un aumento de la contaminación medioambiental originada por este
foco de emisión.
C) Medidas de protección y control de las aguas, del suelo y de las aguas subterráneas.
1. La instalación industrial contará con las siguientes redes independientes de saneamiento:
a) Una red de recogida de aguas residuales sanitarias procedente de aseos y vestuarios.
Estas aguas se dirigirán a la red de saneamiento dirigida a una fosa estanca, cuyas
aguas deberán ser gestionadas como residuo por gestor autorizado.
b) Una red de aguas pluviales no susceptibles a ser contaminadas procedentes de la cubierta de las naves, que se conectará a la red general de saneamiento municipal. Este
vertido deberá contar con la correspondiente autorización.
c) Una red de saneamiento de aguas con baja carga contaminante, que incluyen las aguas
pluviales susceptibles de ser contaminadas procedentes del patio de recepción. Este
vertido se gestionará como residuos mediante Gestor Autorizado, previo almacenamiento en las instalaciones correspondientes. El proyecto describe para este almacenamiento
un depósito impermeabilizado de 928 m3 que cuenta a su entrada con una arqueta con
separador de hidrocarburos.
d) Una red de saneamiento de aguas con alta carga contaminante, que incluyen las aguas
de lavado, las aguas de centrífugas y las aguas de limpieza, que se gestionará como residuos mediante Gestor Autorizado, previo almacenamiento en las instalaciones correspondientes. El proyecto describe para este almacenamiento un depósito impermeabilizado de 928 m3 que cuenta a su entrada con una arqueta con separador de hidrocarburos.
2. Se deberá disponer de un manual de mantenimiento preventivo al objeto de garantizar el
buen estado de las instalaciones, en especial respecto a los medios disponibles para evitar
la contaminación del medio en caso de derrames o escapes accidentales y a las medidas
de seguridad implantadas.
D) Medidas de protección y control de la contaminación acústica.
1. No se permitirá el funcionamiento de ninguna fuente sonora cuyo nivel de recepción externo sobrepase los valores establecidos en el Decreto 19/1997, de 4 de febrero, de Reglamentación de Ruidos y Vibraciones. Los principales focos de emisión son: línea de molturación (96 dBA); caldera biomasa (90 dBA); limpiadora (81,9 dBA); cintas transportadoras
(72 dBA); separadora de hueso 75 CV (92 dBA).
Lunes 22 de agosto de 2022
40873
6. Se realizarán las oportunas operaciones de mantenimiento en la caldera (limpiezas periódicas del quemador, limpiezas periódicas de la chimenea de evacuación de gases...), con
objeto de que se evite un aumento de la contaminación medioambiental originada por este
foco de emisión.
C) Medidas de protección y control de las aguas, del suelo y de las aguas subterráneas.
1. La instalación industrial contará con las siguientes redes independientes de saneamiento:
a) Una red de recogida de aguas residuales sanitarias procedente de aseos y vestuarios.
Estas aguas se dirigirán a la red de saneamiento dirigida a una fosa estanca, cuyas
aguas deberán ser gestionadas como residuo por gestor autorizado.
b) Una red de aguas pluviales no susceptibles a ser contaminadas procedentes de la cubierta de las naves, que se conectará a la red general de saneamiento municipal. Este
vertido deberá contar con la correspondiente autorización.
c) Una red de saneamiento de aguas con baja carga contaminante, que incluyen las aguas
pluviales susceptibles de ser contaminadas procedentes del patio de recepción. Este
vertido se gestionará como residuos mediante Gestor Autorizado, previo almacenamiento en las instalaciones correspondientes. El proyecto describe para este almacenamiento
un depósito impermeabilizado de 928 m3 que cuenta a su entrada con una arqueta con
separador de hidrocarburos.
d) Una red de saneamiento de aguas con alta carga contaminante, que incluyen las aguas
de lavado, las aguas de centrífugas y las aguas de limpieza, que se gestionará como residuos mediante Gestor Autorizado, previo almacenamiento en las instalaciones correspondientes. El proyecto describe para este almacenamiento un depósito impermeabilizado de 928 m3 que cuenta a su entrada con una arqueta con separador de hidrocarburos.
2. Se deberá disponer de un manual de mantenimiento preventivo al objeto de garantizar el
buen estado de las instalaciones, en especial respecto a los medios disponibles para evitar
la contaminación del medio en caso de derrames o escapes accidentales y a las medidas
de seguridad implantadas.
D) Medidas de protección y control de la contaminación acústica.
1. No se permitirá el funcionamiento de ninguna fuente sonora cuyo nivel de recepción externo sobrepase los valores establecidos en el Decreto 19/1997, de 4 de febrero, de Reglamentación de Ruidos y Vibraciones. Los principales focos de emisión son: línea de molturación (96 dBA); caldera biomasa (90 dBA); limpiadora (81,9 dBA); cintas transportadoras
(72 dBA); separadora de hueso 75 CV (92 dBA).