Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2022062512)
Resolución de 1 de agosto de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga modificación sustancial de la autorización ambiental unificada a la industria alimentaria de SC Colonos de Gévora, del término municipal de Badajoz.
32 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 161
Lunes 22 de agosto de 2022
40895
y Suelos Contaminados. Cuando estos supongan riesgos para la propagación de incendios, deberán ser eliminados en la misma campaña, no dejando combustible en la época
de riesgos de incendios marcada en la orden anual del Plan INFOEX.
17. E
n lo relativo a las emisiones a la atmósfera, será de aplicación todas las medidas reflejadas en la autorización ambiental unificada.
18. El tratamiento de los residuos deberá realizarse mediante las operaciones de valorización
que autorice en su caso la AAU del anexo II de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos
y suelos contaminados para una economía circular.
19. Deberá controlarse las características de los residuos utilizados como materia prima. Para
ello se aplicará un sistema de aseguramiento de la calidad que permitan preservar las
características de los residuos a valorizar, analizando los siguientes parámetros de los
residuos valorizados: cantidad, calidad, parámetros físicos y parámetros químicos.
20. En general, los residuos generados deberán almacenarse previo a su gestión posterior, en
almacenes con una capacidad adecuada donde cada uno de los residuos deberán estar físicamente diferenciadas sobre suelos impermeables, con una infraestructura de drenaje adecuada.
21. Las instalaciones de almacenamiento de residuos (tolvas de almacenamiento previos alperujo) deberán contar con la capacidad adecuada, de indicadores de nivel, y sistemas
adecuados para evitar la generación de olores.
22. Los residuos peligrosos deberán almacenarse en áreas cubiertas y de solera impermeable,
que conducirá posibles derrames o lixiviados a arqueta de recogida estanca, cubeto de
retención o sistema de similar eficacia.
23. Los residuos no peligrosos no podrán almacenarse por un tiempo superior a dos años, si
su destino final es la valorización, o a un año, si su destino final es la eliminación. Ello de
conformidad con lo dispuesto en la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.
24. El titular de la instalación deberá cumplir con las obligaciones de gestión de residuos correspondientes a los productores de residuos establecidas en la normativa de aplicación
en cada momento.
25. Los residuos producidos deberán almacenarse conforme a lo establecido en la normativa
de aplicación en cada momento.
26. El titular de la instalación industrial deberá llevar un registro de la gestión de todos los
residuos gestionados y generados.
Lunes 22 de agosto de 2022
40895
y Suelos Contaminados. Cuando estos supongan riesgos para la propagación de incendios, deberán ser eliminados en la misma campaña, no dejando combustible en la época
de riesgos de incendios marcada en la orden anual del Plan INFOEX.
17. E
n lo relativo a las emisiones a la atmósfera, será de aplicación todas las medidas reflejadas en la autorización ambiental unificada.
18. El tratamiento de los residuos deberá realizarse mediante las operaciones de valorización
que autorice en su caso la AAU del anexo II de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos
y suelos contaminados para una economía circular.
19. Deberá controlarse las características de los residuos utilizados como materia prima. Para
ello se aplicará un sistema de aseguramiento de la calidad que permitan preservar las
características de los residuos a valorizar, analizando los siguientes parámetros de los
residuos valorizados: cantidad, calidad, parámetros físicos y parámetros químicos.
20. En general, los residuos generados deberán almacenarse previo a su gestión posterior, en
almacenes con una capacidad adecuada donde cada uno de los residuos deberán estar físicamente diferenciadas sobre suelos impermeables, con una infraestructura de drenaje adecuada.
21. Las instalaciones de almacenamiento de residuos (tolvas de almacenamiento previos alperujo) deberán contar con la capacidad adecuada, de indicadores de nivel, y sistemas
adecuados para evitar la generación de olores.
22. Los residuos peligrosos deberán almacenarse en áreas cubiertas y de solera impermeable,
que conducirá posibles derrames o lixiviados a arqueta de recogida estanca, cubeto de
retención o sistema de similar eficacia.
23. Los residuos no peligrosos no podrán almacenarse por un tiempo superior a dos años, si
su destino final es la valorización, o a un año, si su destino final es la eliminación. Ello de
conformidad con lo dispuesto en la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.
24. El titular de la instalación deberá cumplir con las obligaciones de gestión de residuos correspondientes a los productores de residuos establecidas en la normativa de aplicación
en cada momento.
25. Los residuos producidos deberán almacenarse conforme a lo establecido en la normativa
de aplicación en cada momento.
26. El titular de la instalación industrial deberá llevar un registro de la gestión de todos los
residuos gestionados y generados.