Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2022062512)
Resolución de 1 de agosto de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga modificación sustancial de la autorización ambiental unificada a la industria alimentaria de SC Colonos de Gévora, del término municipal de Badajoz.
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NÚMERO 161
Lunes 22 de agosto de 2022

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no peligrosos generados durante las obras para su retirada por gestor autorizado. En todo
caso se cumplirá toda la normativa vigente en materia de residuos.
Medidas en la fase de funcionamiento
10. Una vez terminadas las obras de ampliación se procederá a la limpieza general de las
áreas afectadas, retirando las instalaciones temporales, restos de maquinarias y escombros, que serán entregados a gestor de residuos autorizados.
11. Dentro de los 6 meses siguientes a la construcción deberán estar ejecutadas las obras
de recuperación de las zonas alteradas que no se hubieran realizado durante la fase de
construcción.
12. D
 eberá llevarse una adecuada integración paisajística de cualquier edificación, construcción y/o instalación proyectada (colores naturales, evitar materiales reflectantes como
galvanizados en depósitos, cubiertas, etc.), justificando su adecuación a las características naturales y culturales del paisaje, respetándose respetarse el campo visual y la armonía del conjunto. La iluminación exterior se dirigirá hacia abajo y se procurará utilizar
bombillas de bajo consumo, con objeto de minimizar la posible contaminación lumínica
derivada y las molestias a la fauna silvestre del entorno.
13. Mantener la vegetación natural en las lindes de la parcela para alimento y refugio de biodiversidad. Se recomienda incrementar su superficie con setos vegetales y bandas florales
permanentes en el perímetro de las parcelas agrícolas u otras zonas no utilizadas. Se
respetará el arbolado autóctono existente en la parcela. En caso de necesitar la corta de
algún pie se comunicará previamente a la Dirección General de Política Forestal.
14. Las reforestaciones previstas en la parcela deben realizarse con vegetación autóctona,
de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 360/2013, de 2 de agosto, por el que se
regula el Catálogo español de especies exóticas invasoras. En base a éste, y al artículo
52.2 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, de Patrimonio Natural y Biodiversidad, queda
prohibida la introducción de cualquier especie del Catálogo Español de Especies Exóticas
Invasoras, ni ejecutar actuaciones o comportamientos destinados al fomento de las especies incluidas en el catálogo.
15. N
 o podrán utilizarse productos fitosanitarios como herbicidas para el control de la vegetación espontanea, por el riesgo de contaminación de las aguas, de propagación de especies
invasoras (Conyza sp.), y afecciones a la fauna.
16. Tras las obras, retirar los residuos no biodegradables generados, los cuales serán gestionados según las disposiciones establecidas en la Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos