Servicio Extremeño Público De Empleo. Formación Profesional Continua. Subvenciones. (2022062449)
Resolución de 29 de julio de 2022, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de las subvenciones destinadas a la realización de programas de formación dirigidos prioritariamente a personas trabajadoras ocupadas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 160
Viernes 19 de agosto de 2022
40713
b.1.2) Experiencia en la ejecución de acciones de formación dirigidas prioritariamente
a trabajadores desempleados (hasta 2 puntos) conforme al siguiente desglose:
— Más de dos años de experiencia: 2 puntos.
— Uno o dos años de experiencia: 1 punto.
— Sin experiencia acreditada: 0 puntos.
b.2) Calidad de la formación (hasta 15 puntos), aplicando los siguientes subcriterios:
b.2.1) Grado de satisfacción general de los participantes finalizados en los programas de formación promovidos por los Servicios Públicos de Empleo sobre la
base de la última convocatoria con datos consolidados (hasta 6 puntos).
— Puntuación obtenida superior a 3 puntos: 6 puntos.
— Puntuación obtenida entre 2 y 3 puntos: 3 puntos.
— Puntuación obtenida inferior a 2 puntos: 0 puntos.
b.2.2) Implantación de sistemas de calidad (hasta 3 puntos), de acuerdo con los
siguientes subcriterios:
— Poseer certificado de calidad en vigor bajo la norma ISO 9001, expedido por
entidad acreditada por la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC), en el que
se incluya la actividad en materia de formación: 2 puntos.
— Poseer certificado de calidad en vigor EFQM cuyo alcance incluya la materia de
formación y un nivel de excelencia europea 200 + o Superior: 1 punto.
b.2.3) Proporción sobre el total de acciones con Certificado de Profesionalidad (hasta
6 puntos) respecto del conjunto del programa de formación, conforme a los
siguientes subcriterios:
— Del 75% al 100% de acciones: 6 puntos.
— Del 50% al 74,9% de acciones: 4 puntos.
— Del 25% al 49,9% de acciones: 2 puntos.
— Resto de programas: 0 puntos.
Viernes 19 de agosto de 2022
40713
b.1.2) Experiencia en la ejecución de acciones de formación dirigidas prioritariamente
a trabajadores desempleados (hasta 2 puntos) conforme al siguiente desglose:
— Más de dos años de experiencia: 2 puntos.
— Uno o dos años de experiencia: 1 punto.
— Sin experiencia acreditada: 0 puntos.
b.2) Calidad de la formación (hasta 15 puntos), aplicando los siguientes subcriterios:
b.2.1) Grado de satisfacción general de los participantes finalizados en los programas de formación promovidos por los Servicios Públicos de Empleo sobre la
base de la última convocatoria con datos consolidados (hasta 6 puntos).
— Puntuación obtenida superior a 3 puntos: 6 puntos.
— Puntuación obtenida entre 2 y 3 puntos: 3 puntos.
— Puntuación obtenida inferior a 2 puntos: 0 puntos.
b.2.2) Implantación de sistemas de calidad (hasta 3 puntos), de acuerdo con los
siguientes subcriterios:
— Poseer certificado de calidad en vigor bajo la norma ISO 9001, expedido por
entidad acreditada por la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC), en el que
se incluya la actividad en materia de formación: 2 puntos.
— Poseer certificado de calidad en vigor EFQM cuyo alcance incluya la materia de
formación y un nivel de excelencia europea 200 + o Superior: 1 punto.
b.2.3) Proporción sobre el total de acciones con Certificado de Profesionalidad (hasta
6 puntos) respecto del conjunto del programa de formación, conforme a los
siguientes subcriterios:
— Del 75% al 100% de acciones: 6 puntos.
— Del 50% al 74,9% de acciones: 4 puntos.
— Del 25% al 49,9% de acciones: 2 puntos.
— Resto de programas: 0 puntos.