Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2022062511)
Resolución de 1 de agosto de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de planta almacenamiento y tratamiento de residuos de construcción y demolición, cuya promotora es Luis Gonzalez Méndez e Hijos, SL, en el término municipal de Escurial.
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NÚMERO 160
40633
Viernes 19 de agosto de 2022
Tercero. Conforme a lo establecido en el artículo 14 de la Ley 16/2015 y en el artículo 2
del Reglamento de autorizaciones y comunicación ambiental de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, se somete a autorización ambiental unificada la construcción, montaje, explotación, traslado o modificación sustancial de las instalaciones en las que se desarrolle alguna
de las actividades que se incluyen en el anexo II del citado reglamento.
Cuarto. En virtud de lo expuesto, atendiendo a los antecedentes de hecho y de acuerdo con
los fundamentos jurídicos expuestos, habiéndose dado debido cumplimiento a todos los trámites previstos legalmente, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 17.1. de la Ley 16/2015,
de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que
establece que la autorización ambiental unificada deberá incluir un condicionado que permita
evitar o, cuando ello no sea posible, reducir y controlar la afección al medio ambiente y a
la salud de las personas en relación con los aspectos objeto de la autorización, la Dirección
General de Sostenibilidad,
RESUELVE:
Otorgar la autorización ambiental unificada a Luis González Méndez e Hijos, SL, para el proyecto de instalación destinada al almacenamiento y tratamiento de residuos de construcción
y demolición, a ubicar en el término municipal de Escurial (Cáceres), a los efectos recogidos
en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de
Extremadura y en el Reglamento de autorizaciones y comunicación ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, aprobado por el Decreto 81/2011, de 20 de mayo, señalando
que, en cualquier fase del proyecto, se deberá cumplir el condicionado fijado a continuación
y el recogido en la documentación técnica entregada, excepto en lo que ésta contradiga a la
presente autorización, sin perjuicio de las prescripciones de cuanta normativa sea de aplicación a la actividad en cada momento.
El n.º de expediente del complejo industrial es el AAU17/044
- a - Medidas relativas a los residuos gestionados por la actividad.
1. La instalación industrial llevará a cabo la gestión de los siguientes residuos no peligrosos.
RESIDUO
DESCRIPCIÓN
Origen
DESTINO
CANTIDAD
TRATADA
ANUAL (t)
OPERACIONES
DE
VALORIZACIÓN
17 01 01
Hormigón
Residuo de
hormigón
de la
construcción
Residuos de
construcción
y demolición
Valorización
2000
R1201, R1302
17 01 02
Ladrillos
Residuo de
ladrillos de la
construcción
Residuos de
construcción
y demolición
Valorización
1000
R1201, R1302
LER(1)
40633
Viernes 19 de agosto de 2022
Tercero. Conforme a lo establecido en el artículo 14 de la Ley 16/2015 y en el artículo 2
del Reglamento de autorizaciones y comunicación ambiental de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, se somete a autorización ambiental unificada la construcción, montaje, explotación, traslado o modificación sustancial de las instalaciones en las que se desarrolle alguna
de las actividades que se incluyen en el anexo II del citado reglamento.
Cuarto. En virtud de lo expuesto, atendiendo a los antecedentes de hecho y de acuerdo con
los fundamentos jurídicos expuestos, habiéndose dado debido cumplimiento a todos los trámites previstos legalmente, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 17.1. de la Ley 16/2015,
de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que
establece que la autorización ambiental unificada deberá incluir un condicionado que permita
evitar o, cuando ello no sea posible, reducir y controlar la afección al medio ambiente y a
la salud de las personas en relación con los aspectos objeto de la autorización, la Dirección
General de Sostenibilidad,
RESUELVE:
Otorgar la autorización ambiental unificada a Luis González Méndez e Hijos, SL, para el proyecto de instalación destinada al almacenamiento y tratamiento de residuos de construcción
y demolición, a ubicar en el término municipal de Escurial (Cáceres), a los efectos recogidos
en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de
Extremadura y en el Reglamento de autorizaciones y comunicación ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, aprobado por el Decreto 81/2011, de 20 de mayo, señalando
que, en cualquier fase del proyecto, se deberá cumplir el condicionado fijado a continuación
y el recogido en la documentación técnica entregada, excepto en lo que ésta contradiga a la
presente autorización, sin perjuicio de las prescripciones de cuanta normativa sea de aplicación a la actividad en cada momento.
El n.º de expediente del complejo industrial es el AAU17/044
- a - Medidas relativas a los residuos gestionados por la actividad.
1. La instalación industrial llevará a cabo la gestión de los siguientes residuos no peligrosos.
RESIDUO
DESCRIPCIÓN
Origen
DESTINO
CANTIDAD
TRATADA
ANUAL (t)
OPERACIONES
DE
VALORIZACIÓN
17 01 01
Hormigón
Residuo de
hormigón
de la
construcción
Residuos de
construcción
y demolición
Valorización
2000
R1201, R1302
17 01 02
Ladrillos
Residuo de
ladrillos de la
construcción
Residuos de
construcción
y demolición
Valorización
1000
R1201, R1302
LER(1)