Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022062505)
Resolución de 5 de agosto de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto parque eólico "Montánchez I" de 45 MW, "SET Montánchez I", e infraestructura de evacuación eléctrica asociada LAAT 220 kV D/C desde la "SET Montánchez I" a SET colectora Hybrex, en los términos municipales de Montánchez, Torre de Santa María, Salvatierra de Santiago, Zarza de Montánchez y Robledillo de Trujillo (Cáceres).
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NÚMERO 159
Jueves 18 de agosto de 2022
40441
y a la “Colada del Camino de Valdefuentes”, siendo autorizables los usos, tales como
accesos a la planta y los cruzamientos aéreos o subterráneos de las líneas de evacuación sobre la vía pecuaria, previa solicitud de autorización a la Secretaria General
de Población y Desarrollo Rural.
Cualquier actuación en estos terrenos de Vías Pecuarias deberá contar con la correspondiente autorización previa de esta Secretaría General, atendiendo a lo dispuesto
en artículo 227 de la Ley Agraria de Extremadura, de 24 de marzo de 2015 (DOE de
26/03/2015), y en la Orden de 19 de junio de 2000 (DOE de 01/07/2000) por la que
se regulan
— La Confederación Hidrográfica del Tajo remite informe con fecha 20 de octubre de
2021, en el que indica que, en cuanto a los espacios protegidos, la actividad se
desarrolla dentro de la zona sensible del área de captación del “Embalse de Alcántara 2 – ESCM552” recogida oficialmente en el PHT 2015-2021. Además, la línea
de evacuación hasta la SET Montánchez I se encuentran en zonas de conservación
de la biodiversidad de la Red Natura 2000, correspondientes a la ZEPA “Riveros de
Almonte - ZEPAES0000356” y a la LIC “Río Almonte - LICSES4320018” y establece
consideraciones para evitar cualquier actuación que de forma directa o indirecta pudiera afectar el dominio público hidráulico de forma negativa.
— El Servicio Territorial de Cáceres de la Dirección General de Movilidad e Infraestructuras Viarias emite con fecha 20 de octubre de 2021 en el indica que, una vez analizada
la documentación oportuna, y con objeto de determinar el alcance de dicho informe
se solicitan las siguientes aclaraciones o modificaciones:
Respecto al parque eólico, debe modificar el punto de acceso para el aerogenerador
MOI-1, ya que no es viable el acceso directo a la EX 206. Para el acceso a la SET
Montánchez I debe aportar una propuesta sobre el que pretende llevarse a cabo
desde la EX 206.
Línea de evacuación subterránea 30 kV no puede ir sobre la traza de la carretera EX
206, debiéndose cumplir las determinaciones del Reglamento General de Carreteras
del Estado, en cuanto su disposición en zona de servidumbre o afección.
— Con fecha 27 de octubre de 2021, el ayuntamiento de Montánchez remite informe
respecto al proyecto en relación con el Plan General Municipal de Montánchez, en el
que se indica que el proyecto se ubicaría dentro de la Zona de Protección Natural y
Paisajística, tal como se determinan en los artículos 191 a 204 del Plan General Municipal de Montánchez.
Jueves 18 de agosto de 2022
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y a la “Colada del Camino de Valdefuentes”, siendo autorizables los usos, tales como
accesos a la planta y los cruzamientos aéreos o subterráneos de las líneas de evacuación sobre la vía pecuaria, previa solicitud de autorización a la Secretaria General
de Población y Desarrollo Rural.
Cualquier actuación en estos terrenos de Vías Pecuarias deberá contar con la correspondiente autorización previa de esta Secretaría General, atendiendo a lo dispuesto
en artículo 227 de la Ley Agraria de Extremadura, de 24 de marzo de 2015 (DOE de
26/03/2015), y en la Orden de 19 de junio de 2000 (DOE de 01/07/2000) por la que
se regulan
— La Confederación Hidrográfica del Tajo remite informe con fecha 20 de octubre de
2021, en el que indica que, en cuanto a los espacios protegidos, la actividad se
desarrolla dentro de la zona sensible del área de captación del “Embalse de Alcántara 2 – ESCM552” recogida oficialmente en el PHT 2015-2021. Además, la línea
de evacuación hasta la SET Montánchez I se encuentran en zonas de conservación
de la biodiversidad de la Red Natura 2000, correspondientes a la ZEPA “Riveros de
Almonte - ZEPAES0000356” y a la LIC “Río Almonte - LICSES4320018” y establece
consideraciones para evitar cualquier actuación que de forma directa o indirecta pudiera afectar el dominio público hidráulico de forma negativa.
— El Servicio Territorial de Cáceres de la Dirección General de Movilidad e Infraestructuras Viarias emite con fecha 20 de octubre de 2021 en el indica que, una vez analizada
la documentación oportuna, y con objeto de determinar el alcance de dicho informe
se solicitan las siguientes aclaraciones o modificaciones:
Respecto al parque eólico, debe modificar el punto de acceso para el aerogenerador
MOI-1, ya que no es viable el acceso directo a la EX 206. Para el acceso a la SET
Montánchez I debe aportar una propuesta sobre el que pretende llevarse a cabo
desde la EX 206.
Línea de evacuación subterránea 30 kV no puede ir sobre la traza de la carretera EX
206, debiéndose cumplir las determinaciones del Reglamento General de Carreteras
del Estado, en cuanto su disposición en zona de servidumbre o afección.
— Con fecha 27 de octubre de 2021, el ayuntamiento de Montánchez remite informe
respecto al proyecto en relación con el Plan General Municipal de Montánchez, en el
que se indica que el proyecto se ubicaría dentro de la Zona de Protección Natural y
Paisajística, tal como se determinan en los artículos 191 a 204 del Plan General Municipal de Montánchez.