Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2022062486)
Resolución de 2 de agosto de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para el proyecto de explotación porcina, cuyo titular es Zarzuela de Extremadura, SL, en los términos municipales de Puebla de la Reina y Hornachos.
27 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 158
Miércoles 17 de agosto de 2022

40251

Quinto. Simultáneamente al periodo de información pública, mediante escrito registrado de
salida con fecha 14 de enero de 2022, se remite la solicitud de AAU al Ayuntamiento de Puebla
de la Reina y al de Hornachos, a fin de solicitarles el informe técnico sobre la adecuación de
la instalación analizada a todos aquellos aspectos que sean de su competencia, en virtud de
lo dispuesto en el artículo 16, punto 4 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, modificado por el
Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo.
Con fecha 26 de enero de 2022 el técnico municipal del Ayuntamiento de Puebla de la Reina
emite informe en el que concluye diciendo que “Las obras solicitadas son compatibles con la
normativa urbanística según el Decreto-ley 10/2020, de 22 de mayo y por lo tanto susceptible de obtener la correspondiente licencia municipal una vez que obtengan los permisos
pertinentes”.
Con fecha 9 de marzo de 2022, el Técnico Municipal de Hornachos informa:
“Que se pretende la construcción de una explotación porcina promovida por Zarzuela de
Extremadura, SL, en las parcelas 19 y 20 del polígono 7 y 2,3,4,6 del polígono 8, clasificada como suelo no urbanizable tipo II “Áreas de Protección Ecológico-Ambiental”.
Que las parcelas afectadas tienen una superficie superior a 8 ha, parcela mínima exigida.
Que el uso que se pretende implantar es ganadero, explotación porcina extensiva, compatible con lo establecido en las Normas Subsidiarias de Planeamiento Urbano (NNSS).
Que la actuación está sujeta a control municipal mediante el procedimiento de licencia
previa obtención de la calificación rústica por tratarse de un uso vinculado, en virtud de lo
dispuesto en el artículo 69 y siguientes de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de Ordenación Territorial y Urbanística Sostenible de Extremadura (LOTUS).
Que el proyecto básico ha sido redactado por el Ingeniero Agrónomo D. Antonio Guerra
Cabanillas y en el mismo:


— La distancia de las edificaciones a caminos o carreteras es superior a 25 metros y al
resto de linderos superior a 10 m excepto en el caso de un camino que aparece en
la cartografía catastral con referencia 06069A007090530000SO. El camino descrito
no aparece en el Catálogo de Caminos públicos de Hornachos, pero sí en ortofoto
del vuelo americano (1956-1957), además de la cartografía del Catastro, por lo que
se trataría de un bien de dominio público sobre el que habría que mantener la separación de 10 m. En ese caso, no se podría autorizar la ampliación propuesta (que
incluye un vestuario y un aseo) al encontrarse la edificación existente (denominada
vivienda) en situación de fuera de ordenación por no cumplir con la separación citada
(según artículo 142 de la LOTUS).